La procesión de las letrillas contra el Puerto Deportivo. A la memoria de Chechu Lastra.

Sabía de la gravedad de la enfermedad de Chechu Lastra desde hace unas semanas, pero cuando me enteré de su muerte me asistió una pena que hacía difícil comprender que hay personas que no merecen morir, al menos tan pronto, una pena compensada por la celebración de haber conocido a una persona como Chechu, quien, parafraseando a Antonio Machado, ha sido bueno «en el buen sentido de la palabra», y que, añado yo, nos ha ha enseñado a ser un poco mejores.

Conocí a Chechu, con María Asun Calera, en los tiempos de la transición, y más adelante en ICU y en la Asamblea Popular, junto a Ramón Arias, Joaquín Diaz-Munío, Jaime Gutiérrez, Chus Garitacelaya, Ana Casas, Alfredín Martínez, Eduardo Ruiz, Pedro López «Vicu», Eduardo Basabe, Carmelo Barquín, Tusi, Kiski, Ángel, Tito, Nacho, Tontxu, Fernando, Encarni, Manolín… de cuando organizamos las movilizaciones contra Castro Novo en aquel verano de 1979. La Asamblea Popular fue un ejemplo en el que la voluntad de mucha gente consigue lo que parecía imposible: obligar a convocar la Consulta Popular para tumbar democráticamente el proyecto de Castro Novo. Hoy sabemos que el asunto de Castro Novo no fue resultado de la Consulta Popular sino precisamente de lo contrario: los tejemanejes políticos y especulativos que burlaron la decisión tomada por el pueblo. La confección de pancartas, comidas populares, mítines, marchas, manifestaciones y demás movidas de aquel verano requerían una intendencia en la que Chechu Lastra organizaba las cosas mejor que nadie, y además con un sentido del humor que se traducía en una inyección de energía por la que parecía que todo era posible.

Primavera y verano de 2010: movilizaciones contra el Puerto Deportivo

Pero el momento que recuerdo de Chechu con especial alegría es aquella semana de agosto en la que organizamos la Procesión de las Letrillas contra el Puerto Deportivo de Castro Urdiales. Llevábamos varios meses tras la reconstitución de la Plataforma para Salvar la Bahía (apoyada por Otro Castro Es Posible, Ecologistas en Acción y la Asociación El Tejón) dando pacífica batalla contra la construcción del Puerto Deportivo con asambleas informativas, concentraciones, propuestas alternativas, recursos, camisetas, paneles, pegatinas… un compendio de movilizaciones en las que no faltaba la dosis de creatividad necesaria para destacar el problema ecológico y social del Puerto Deportivo allá donde hiciera falta: en la calle, en el Ayuntamiento, en el gobierno de Cantabria, y en los juzgados. El verano de 2010 fue muy concurrido en acontecimientos, siempre en la dirección de que el Gobierno de Cantabria comprendiera que era necesario consultar al pueblo para decidir sobre el proyecto de Puerto Deportivo en medio de la bahía de Castro.

Aspecto parcial de la concentración popular en la plaza del Ayuntamiento el 21 de marzo de 2010 para pedir la consulta Popular.
Concentración en la plaza del Ayuntamiento el 21 de marzo de 2010 para pedir la Consulta Popular.
Asamblea informativa sobre el proyecto del Puerto Deportivo. 16 de abril 2010.
Concentración de miembros de la Plataforma el 8 de junio 2010 para recibir la llegada del consejero de Obras Públicas al acto de entrega de los premios de la Bienal de Arquitectura. Chechu porta una de las pancartas, en el centro de la imagen. Fuente: http://salvemoslabahia.blogspot.com/2010/06/bienvenido-mister-mazon.html

El 29 de agosto de 2010, cuando Castro remaba en la liga ACT de traineras se iba a celebrar la última regata de la liga en Castro, en la que esperabamos una gran afluencia de gente, las cámaras de la ETB, y mucha expectación. Para llamar la atención nos planteamos hacer una gran pintada con la expresión «PUERTO DEPORTIVO NO» en el rompeolas, muy visible, pero algunos vimos que era una marranada bastante convencional y poco efectiva. En vez de pintar letras ideamos que fueran las letras las que se movieran por el paisaje urbano, llevadas en procesión hasta la regata, en la que iba a ser la segunda procesión del mes de agosto en Castro: la Procesión de las Letrillas. No quedaban días apenas para organizar el montaje, y a más de uno le parecía una locura que dificilmente saldría bien. La solución al entuerto solo podía estar en manos de Chechu, de su capacidad de trabajo, de su positivo empuje y colaboración infinita. Nos pusimos a trabajar unas pocas personas con Chechu al mando, y conseguimos terminar el trabajo que hizo posible realizar 17 letras fabricadas en tablex de 1 cm. de grosor y más de dos metros de alto, que pintamos de blanco luminoso para que fueran bien visibles. Y el día 29 por la mañana nos fuimos de procesión:

La sacada de las letrillas en la explanada de Santa María antes de comenzar la procesión.
La procesión, bajando por la cuesta de Santa María. Juan y Santiago, portando la primera letra.
La procesión por cuesta de Santa María y doblando hacia el paseo de la dársena.
La procesión bordeando la dársena. Nuria haciendo el reportaje fotográfico.
Una parada en la Plazuela: encuentro con la afición de Bermeo que había acudido a la regata. Marcelo sujeta la N.
Encabezando la comitiva al paso por el parque en obras : Santiago, Juan, Marcelo, Simón, María, Virginia…
La cola de la comitiva al paso por el cartel de obras del parque (obras del parquin que se ideó como parquin del Puerto Deportivo).
La procesión enfilando hacia el paseo marítimo. Detrás del niño Pablo los miembros de la plataforma, Maite y Blas, portan, no sin dificultad, la letra D.
La procesión en el paseo marítimo mezclándose con las aficiones que se dirigían a la regata. En primer plano, Jesús Menéndez, miembro de la Plataforma.
A lo largo del paseo marítimo se dispusieron los paneles informativos que se sacaron durante todo el verano, casi siempre en la plaza del Ayuntamiento.
Ignacio custodiando uno de los paneles en los que se informa de las movilizaciones de la Plataforma para Salvar la Bahía.
En uno de los paneles se explica la alternativa al puerto deportivo: una ordenación de los amarres de la bahía ecológicamente sostenible.
La procesión se detiene en el muelle don Luis, justamente delante de la zona del puerto que iba a ser rellenada de hormigón para hacer el puerto deportivo para más de setecientas embarcaciones de recreo. Toñín sujetando la E.
Las letras se diseñaron con una letra rotunda inspirada en la tipografía Cooper para permitir que en ellas se atornillaran las asas para transportarlas. En la colocación en la calle había que distanciar las letras convenientemente para favorecer la lectura.
La procesión comienza a desplazarse del muelle donLuis hacia un lugar visible para los espectadores de la regata. En la esquina izquierda distinguimos a Javiera de espaldas, siempre apoyando a la Plataforma.
Las letrillas se colocaron en el paseo marítimo frente al campo de regatas. La ETB retransmitió la procesión antes de la regata.
Las letrillas antes de colocarse por delante de la barandilla del Paseo Marítimo, durante la regata.
Terminada la regata, la procesión vuelve al Ayuntamiento, pasando nuevamente por el paseo marítimo y por el parque. Portando la U está Gari, otro de los motores de la Plataforma. Llevando la E, Jose, y a la derecha de la foto vemos a Cristina, y detrás a Carusa.
El que lleva la P es Kepa, otros de los colaboradores infatigables de la Plataforma e infinitas causas. Más atrás conocemos a Jose, Julián, Eva, Jose Luis, Joaquín, Ángel y los niños Eneko y Oier que no se separaron de la procesión en toda la mañana.
Fin de la procesión en la Plaza del Ayuntamiento.

Dos años más tarde y después de que el Tribunal Supremo le diera la razón al Ayuntamiento (contra el criterio del consejero Mazón) reconociendo la legalidad de la consulta popular, y en medio de una crisis que puso en cuestión el despilfarro de los puertos deportivos, fue el propio Gobierno de Cantabria, tan contumaz en su insistencia para hacer el puerto deportivo, quien finalmente declinó sus pretensiones y se decidió por hacer un proyecto para reforzar el rompeolas ¡Y mirá que lo habiamos dicho!

La experiencia de la Plataforma quizás no fuera condición suficiente para parar el Puerto Deportivo, pero si fue condición necesaria para cuestionarlo y sembrar de dudas al mercado y al Gobierno de Cantabria para dar carpetazo a este proyecto. Pero sobre todo, fue una experiencia de participación ciudadana en la que muchas personas, unas veces trabajando en la sombra y otras dando la cara, como Chechu, hacen que todo camine de forma más fácil y satisfactoria. Como el día que sacamos la Procesión de las Letrillas.

Juantxu Bazán, 18 de agosto de 2024

Más información en: Plataforma para salvar la Bahía

Buenas malas yerbas

En mi oficio de paseante urbano veo árboles, y observo sus alcorques, y pienso que la ciudad trata sus alcorques con la misma suerte con la que trata sus árboles: los hay desnudos; en otros crecen yerbas; también brotan fulgurantes sierpes, o chupones, como sucede al pie de los tilos; los hay revestidos de aglomerados que extienden el pavimento en las aceras; y también con enrejados metálicos, o enlosados de hormigón.

El paeante urbano observa y fotografía un poema urbano de forja y clorofila:

Clorofila. JB, 25 de febrero 2024. 3175 x 2230 px. f/1.8; 1/475 s.; ISO 160.

Semanas después, el paseante urbano observa a un operario de la empresa contratada para el servicio de mantenimiento de jardines, o quizás , de la empresa de limpieza de la ciudad, cargado con una mochila fumigando los alcorques de las palmeras del muelle don Luis, en el puerto de Castro Urdiales. El paseante urbano cometió el error de no intervenir y se paralizó acolechado reconcomiéndose en su incomprensión por el hecho de que se siga exponiendo a las personas al veneno del herbicida (1). No, no es jardinería lo que aquí se observa, se está limpiando la ciudad de las malas yerbas, una reacción histérica de quienes gobiernan la ciudad imponiendo su modo de entender el ecosistema urbano.

Volví buscar mi alcorque días después de su humillante fumigación:

Fumigación. JB, 12 de mayo 2024. 4096 x 2304 px. f/1.8; 1/1070 s.; ISO 160.

El paseante urbano omite la narrativa de aquel fotopoema y se centra ahora en la información visual de la fotografía para denunciar lo que importa: no hay malas yerbas en la ciudad (plantas ruderales), sino gestores que no entienden que todas las yerbas son buenas.

El paseante urbano se ha informado. El fumigador ha erradicado las yerbas pero también ha perjudicado el árbol, le ha quitado plantas amigas que colaboran con el árbol para ofrecerle nutrientes y humedad; solo una mentalidad inculta y obsesa se ocupa de matar plantas perjudicando la flora urbana y probablemente a las personas, también al operario fumigador.

Antes de seguir con su perorata , el paseante urbano realiza un pequeño recorrido presentando alguna de las mal llamadas «malas yerbas» que se encuentran al paso por muchas zonas de la ciudad que no han sido fumigadas.

Alcorque de tamaris cerca del parque de Cotolino. JB, junio 2024.
Detalle con diente de león y otras yerbas en paseo urbano. JB, junio 2024.
Alcorque al pie de una falsa acacia en calle Menéndez Pelayo. JB, junio 2024.
Alcorque fumigado sin vegetación en calle María Aburto. JB, junio 2024.
Muro de cierre en chalet de la playa en el que se adivinan Cimbalarias, jaboneras y otras yerbas rastreras y trepadoras. JB, junio 2024.
Diente de león y otras yerbas al pie de la barandilla en paseo urbano. JB, junio 2024.
Yerbas que surgen sobre el muro de cierre en finca de calle Menéndez Pelayo. JB, junio 2024.
Cimbalarias (también llamadas yerbas de campanario o palomilla de muro) a la entrada de la iglesia del Sagrado Corazón. JB, junio 2024.
Alcorque que, a pesar de haber sido fumigado, han brotado las sierpes de tilo, algo que no ha sucedido en la mayoría de los alcorques fumigados de la calle Silvestre Ochoa, pelados de yerbas. JB, junio 2024.
Sorprendentemente se fumiga el prado al pie del árbol aunque no haya alcorque, en este caso, de un plátano en el parque de Ostende, que se ve perjudicado en su pie. JB, junio 2024.
Vegetación (hinojo de mar y otras yerbas, además de una higuera) que ha crecido espontáneamente en el linde del paseo de Ostende. JB, junio 2024.
Los alcorques de las palmeras del muelle don Luis recuperan sus plantas ruderales dos meses después de ser fumigadas, gracias a su capacidad de supervivencia y adaptación al medio al que pertenencen, al medio urbano. JB, junio 2024.

El paseante urbano se lamenta de su ignorancia y no puede nombrar a la mayoría de las especies de plantas ruderales que habitan en el casco urbano, entre las que, según dicen los expertos, las hay con propiedades medicinales. Piensa que un bonito ejercicio de pedagogía es enseñar a los niños a identificarlas, siempre y cuando la autoridad competente se comprometa a no extinguirlas. Y así podríamos saludar diariamente a las jaboneras, policarpos, mastuerzos, llantenes, tréboles, lecherillos, malvas bastardas, parietarias, cebadillas ratoneras, avenas locas, acederas, hinojos de mar, escobillas, guascas, lentejillas, ranas negras, dientes de león, margaritas silvestres. Observaríamos como a algunas les gusta el sol, a otras trepar o rastrear, y también las que prefieren habitar en lugares sombríos.

El mismo paseante aplaude que haya ciudades en España y en Europa que se hayan decidido por erradicar el glifosato en el mantenimiento de los jardines, y que potencien el cultivo de yerbas en los alcorques a la vista de los beneficios ecológicos y estéticos que aportan al medio urbano. Comparte el criterio de que el buen uso de los espacios urbanos significa preservar islas de biodiversidad y favorecer con ello la salud de las personas y contruibuir a la lucha contra la emergencia climática: aportan néctar y polen para insectos polinizadores, y alimento para pajarillos; aumentan la fertilidad del suelo y reducen la erosión; disminuyen la contaminación por su capacidad para fijar partículas contaminantes; reducen el dióxido de carbono y aportan oxígeno (fosíntesis); ayudan a regular la temperatura manteniendo la humedad y limitando la filtración de agua de lluvia… y si el jardinero municipal se decidiera por incorporarlas a parterres en algunos parques, y en los alcorques, el mantenimiento sería bastante más sencillo que el que exijen las plantas convencionales. El paseante piensa que es muy importante que consideremos a estas plantas como un componente fundamental del ecosistema urbano que interactúa con árboles, insectos, bacterias, aves, y personas, para mejorar la vida urbana.

El paseante andante piensa que hay que erradicar prejuicios: el primero es pensar que hay yerbas malas, cuando en realidad son aliadas de una ciudad que quiere ser saludable. El segundo prejuicio que hay que enterrar es que una ciudad que no mata las malas yerbas es una ciudad descuidada y abandonada. Los prejuicios se combaten: primero con infomación, concienciando a la ciudadanía de que las yerbas de la ciudad son útiles y beneficiosas, y segundo, planificando el cuidado de las yerbas silvestres urbanas porque además de ser útiles son bellas: ética y estética van de la mano.

Plantas ruderales con chupones de tamaris en alcorques del camino al parque Cotolino. JB, junio 2024.

El paseante urbano, pedirá información a su Ayuntamiento sobre los herbicidas que se están autorizando, y la valoración hecha sobre los perjuicios y beneficios de la erradicación de las plantas ruderales, y solicitará dos cosas: que se dejen de aplicar herbicidas, y que se incorpore en el diseño y mantenimiento de las jardines las plantas silvestres urbanas, especialmente en alcorques, parterres y lugares que no perjudiquen la accesibilidad o pongan en riesgo el patrimonio cultural.

Juantxu Bazán, a 22 de junio 2024

(1) Desconozco el tipo de herbicida que se está aplicando en Castro, pero no parece que sea un herbicida ecológico habida cuenta de los efectos tan devastadores sobre los alcorques. Quiero creer que, en cualquier caso, es un herbicida de bajo riesgo, pero el hecho de que sea de menor riesgo que el temido Glifosato, no justifica el uso de herbicidas para matar las mal llamadas malas yerbas en medio urbano. Sin embargo, el hecho de que el Glifosato aún esté autorizado en España y en Europa, me hace temer lo peor.

Un «plan de restauración» para reexplotar la ladera norte de la Cantera de Santullán

Durante el mes de abril ha estado a información pública el nuevo Plan de Restauración Ambiental de la Cantera de Santullán, un «plan de restauración» que en realidad no restaura sino que reexplota lo que a estas alturas ya debiera estar restaurado. Ecologistas en Acción ha presentado un largo escrito con once alegaciones en el que se denuncia este pseudoplan de Canteras de Santullán S. A. que puede tener graves consecuencias para el medio ambiente y la salud de las personas.

Lo primero que hay que decir es que la D. G. de Industria no habría accedido a abrir un periodo de información pública sobre este «plan de restauración», si no fuera por la Sentencia del TSJC de febrero de 2023 que obliga a someter el nuevo Plan de Restauración a Información Pública. Pero lo sorprendente es que la administración cántabra encargada de controlar la actividad minera ya le dio el placet a la empresa para continuar con su nuevo plan, puesto que de hecho lo viene aplicando desde el año 2021, y lo hizo sin seguir el procedimiento que marca la legislación minera, sin la resolución de la D. G. de Industria autorizando el nuevo plan, y manteniendo esta situacion tan anómala (la de dar el «visto bueno» a un plan no aprobado ni sometido a información pública) incluso después de una sentencia que le dice a la D. G. de Industria que exija a la empresa un nuevo plan de restauración que debe someterse a información pública. Es decir, la empresa viene aplicando el nuevo «plan de restauración» desde hace tres años, y ahora sale a información pública, todo un fraude al procedimiento administrativo y a la participación ciudadana.

¿Y qué es lo que Canteras de Santullán S. A. tiene tanto empeño en disfrazar de «restauración ambiental»? Una reexplotación de la cantera que implica rebanar la cantera, reexplotando la ladera norte, la ladera este y la ladera sur, dejando la montaña más mordida que el troncho de una manzana. Veamos:

Vista de la explotación desde el sur al final de la Fase 1, en 2033, según infografía (pág. 63 de la memoria presentada por Canteras de Santullán S. A.)
Tal como puede observarse en la superposición del plano con la topografía actual, y con el plano de la fase 1, con este «plan de restauración» se prevé que hacia 2033 se genere una gran plaza de sur a este y norte de 280 m. que en las sucesivas fases seguirá explotándose mediante bancales. Sobre la plaza (color blanco) puede observarse el relieve de la situación actual, quedando la corta de la explotación con una pendiente muchísimo mayor.
A la izquierda reproducción de la imagen de la cantera según aplicación de Google Earth (fecha de la imagen enero 2023); a la derecha infografía 3D al final de la fase 1.

Hasta aquí solo se ha mostrado la imagen grafica de los próximos diez años que van a venir con el modelo de explotación de esta cantera. Veamos la infografía que presenta la empresa para dentro de treinta años, momento final de la explotación.

Simulación que Ecologistas en acción presenta en el escrito de alegaciones con el recorte (línea discontinua roja) que sufriría el perfil entre la ladera norte y ladera este en el estado final de la fase 3

Las falacias del nuevo «plan de restauración». En el año 2000 la empresa hizo creer al Ayuntamiento que la cantera se desplazaba hacia el sur, y ahora vuelve a reexplotar la ladera norte

En el escrito de alegaciones de Ecologistas en Acción se desmontan las sucesivas falacias que rodean este nuevo «plan de restauración».

Primera falacia: presentar como plan de restauración lo que es un brutal plan de reexplotación. Segunda falacia: utilizar el procedimiento de información pública cuando el nuevo plan ya está poniéndose en marcha desde hace tres años.

La tercera gran falacia está participada no solo por la empresa y la autoridad minera, sino que afecta sobre todo al Ayuntamiento y a la Junta Vecinal de Santullán, y es la de hacer creer a la opinión pública que la cantera (hace más de veinte años) se iba a desplazar al sur y con ello evitar las molestias a la ciudadanía por el impacto de la explotación en la ladera norte.

Para entender esta controversia nos tenemos que desplazar al año 2000, cuando se aprobó un convenio entre el dueño de la Cantera de Santullán, Miguel de la Vía, y el Ayuntamiento de Castro Urdiales que permitía explotar la zona este y sur de la Peña de Santullán que estaban clasificadas por el Plan General como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN ECOLÓGICA, a cambio de retirar el contencioso contra el PGOU que le había metido la empresa al Ayuntamiento, y de una porción del terreno de 11.000 m2 de la parcela intramuros del Castillo de Ocharan, propiedad del dueño de la cantera. De paso se le multiplicó casi por 2 la edificabilidad de las parcelas de su propiedad contiguas al Castillo, donde ahora se puede edificar cuatro bloques de pisos de 5 plantas (B+3+ático); una pasada. Veinticuatro años después seguimos esperando poder disfrutar de aquel parque urbano prometido en el Castillo de Ocharan: otra mentira, no hay parque porque esa parcela no puede dividirse puesto que es ilegal dividir físicamente un Bien de Interés Cultural como el Castillo Ocharan.

En la misma sesión plenaria de 20 de octubre de 2000 se aprueba el Modificado del Plan General que pone en marcha el convenio, con la reclasificación de los suelos protegidos, y demás prerrogativas, con los votos a favor de PSOE y PRC, la abstención de IU (que había votado a favor del convenio), y el voto en contra del PP. Constan en las actas de aquel pleno las explicaciones que dio la mayoría para justificar la destrucción de lo que el Plan General habia considerado tres años antes como Suelo de Especial Protección Ecológica: «que el alejamiento de la cantera minimizará las molestias hacia los vecinos» (un concejal del PRC, dixit), «que se produce un vuelco al impacto ambiental de la cantera que se traslada a la cara sur» (el concejal de urbanismo así lo afirmó).

También consta, desde 1994, en la Declaración de Impacto Ambiental de esta cantera (y esto era una concesión a las exigencias de la Junta Vecinal de Santullán por aquel entonces) que la empresa «se compromete al alejamiento de las instalaciones del barrio de Santullán» ¿Va a cuestionar ahora la Junta Vecinal la falta de compromiso de Canteras de Santullán S. A.?

Ortofoto de 2023 tomada de Google Earth desde el nordeste de la cantera, en la que se ven los acopios de áridos y las instalaciones de trituración a unos cien metros de las casas de Santullán.

Así que, la tranquila ciudadanía de Santullán, Sámano, Lusa, Mioño, Los Corrales, y Castro, vamos a poder observar día a día, año a año, como se reexplota la ladera norte de la cantera, una cantera situada en una Peña que a pesar de ser calificada por el Plan de Ordenación del Litoral como hito paisajístico (Área de Interés Paisajísitico) no va a ser obstáculo para soportar una actividad minera anacrónica con un impacto brutal sobre el paisaje, sobrepasando los límites de contaminación acústica y atmosférica sobre las viviendas de Santullán situadas a centenares de metros de la explotación, y afectando también a los demás núcleos urbanos.

La Cantera de Santullán desde el muelle de don Luis, un día de verano
La cantera de Santullán desde el pueblo de Santullán.

Retroceso ambiental, vulneración del principio de no regresión ambiental

A lo largo del escrito de alegaciones se exponen las irregularidades e incoherencias que contravienen la normativa minera y ambiental. Es un modelo de explotación que en Europa (a donde va destinada la mayoría de la producción que se saca de esta cantera, no nos creamos que esto es para satisfacer las necesidades de la demanda local) no estaría permitido, pero en Cantabria sí, de hecho la cantera salpica la mirada de estupor de quienes visitan Cantabria al llegar a Castro Urdiales por la A-8:

Imagen de la aplicación Google Street View, desde la autovía A-8, llegando a Santullán. Octubre 2023.

Yendo a los aspectos jurídicos, Ecologistas en Acción reprocha que esta nueva rexplotación se ha sometido a información pública sin antes haber pasado por el trámite de evaluación ambiental; que falta el preceptivo informe de la autoridad sanitaria sobre los efectos para la salud de la contaminación por polvo; que a diferencia de lo que aconteció con el plan de restauración ambiental de 2008, ahora no se ha consultado al Instituto Geológico Minero de España (que había dictaminado hace quince años que debería espabilarse la restauración ambiental de la ladera norte y no explotar las zonas de encinar cantábrico, además de no sobrepasar la altura de 20 metros de los bancos). El nuevo plan eleva a 40 m. la altura de los bancos provocando con ello pendientes más acusadas dificultando una restauración ambiental en la que la recuperación las especies vegetales asociadas al encinar cantábrico sea practicamente imposible.

En el núcleo central de las alegaciones se dice que se vulnera el principio de no regresión ambiental ¿y qué es esto? Pues que los niveles alcanzados con el Plan de Restauración anterior de 2008 o con la Estimación de Impacto Ambiental de 2003 no deben ser negados con el nuevo plan, que no debe retrocederse y ni rebajarse los niveles de protección ambiental existentes. Y para ello se hace un estudio comparado de cómo debería estar la restauración ambiental (si se hubieran cumplido el Plan de Restauración de 2008), y lo que nos trae este nuevo «plan de restauración» es que hay riqueza minera suficiente en la Peña como para desdecirse de cualquier cortapisa ambiental, y por lo tanto, nada de lo dicho antes por la autoridad minera o ambiental va a impedirlo. Se cita jurisprudencia del TS y una sentencia del TC sobre esta cuestión. Para interesados en acceder al contenido de las alegaciones pueden descargarlo desde aquí:

La Cantera de Santullán debería estar en el centro del debate político

No creo que el escrito de alegaciones por muy fundado que esté en derecho, y lo está, vaya a variar el modo de hacer de la D. G. de Industria, siempre tan ajena a cumplir con su obligación de control, y olvidadiza en contestar los requerimientos de asociaciones y ciudadanos. También dudo de que la Dirección General de Medio Ambiente ponga demasiadas cortapisas. Si esta situación se mueve será en los juzgados. Pero no es suficiente. Hay vecinos y vecinas de Santullán, cada vez más, que están demasiado hartos de la impunidad de la Canteras de Santullán S. A. y elevan su protesta, lo vienen haciendo desde hace años, y han presentado alegaciones a este «plan de restauración».

Cuando dimos las charlas sobre restauración ambiental hace un año y pico, entre la concurrida asistencia abundaban políticos locales de casi todo el espectro. Fue un indicador favorable y alentador que hacía presagiar una mayor preocupación por lo que acontece con la cantera, pero en la campaña electoral las municipalesde de 2023, la presencia de la cantera fue bastante tibia, y tan solo Podemos-IU incluyó en su programa el asunto de la cantera, mientras que el PSOE y el PP lo indicaron en las elecciones a la pedanía de Santullán. Quizás ahora, cuando se palpe directamente el engaño con la reexplotación de la ladera norte se entienda que la Cantera de Santullán sobrepasa los límites de lo que debe ser una actividad minera e industrial tolerable y se ponga la atención que el problema requiere. En la alegación séptima del escrito de Ecologistas en Acción se habla de los efectos de tener una cantera como esta tan cerca de los núcleos urbanos, contraviniendo la legislación ambiental por emisión de polvos y la ordenanza municipal de ruidos, y también el PGOU que señala con claridad en sus normas urbanísticas que «las industrias consideradas peligrosas, insalubres o nocivas… solo podrán emplazarse a una distancia superior a 2 km.». Por lo tanto, el asunto de la cantera no puede ser ajeno a las necesidades del municipio, como tampoco pueden obviarse las cuestiones sociales, frente a una actividad empresarial que por incumplir (presuntamente) la propia normativa minera estaría poniendo en riesgo la continuidad de sus 35 puestos de trabajo. Cada cosa en su momento y en su medida.

El año que viene termina el periodo de concesión minera de 30 años otorgado en 1995. Se cumplirán así casi sesenta años desde que la cantera iniciara su actividad en 1967. El expediente para conceder la prórroga por otros 30 años más de la concesión minera de la cantera está ya en marcha. Un expediente al que la D. G. de Industria le ha negado a Ecologistas en Acción ser parte interesada, promoviendo una vez más el oscurantismo donde debiera haber transparencia. No hay en Cantabria, ni en España, nada comparable. Las canteras más impactantes se han ido clausurando después de denuncias y presión ciudadana. Nadie podría imaginarse una cantera así a menos de 2 kms del casco urbano de Santander. Las circunstancias por las que este sistema de explotación de la Cantera de Santullán se ha perpetuado han sido posibles con la colaboración de la Junta Vecinal de Santullán y del Gobierno de Cantabria. Esperemos que el Ayuntamiento, partidos políticos y ciudadanía se comprometan con el futuro de la Peña Santullán, reflexionen sobre las consecuencias de seguir manteniendo otros treinta años este modelo de explotación de cantera, y actúen con responsabilidad exigiendo el estricto cumplimiento de la legislación minera y ambiental.

La cantera Santullán, laderas este y sur, desde Campasegunda, subida a Ventoso.
Abril 2024.

Juantxu Bazán, 1 de mayo 2024

Esto ya no va de urbanismo, va de democracia

EL JUEZ ACAYRO OBLIGA AL AYUNTAMIENTO A LA REPETICIÓN DEL PLENO PARA LA APROBACIÓN DE LA RECALIFICACIÓN DE LA FÁBRICA DE ANCHOAS LOLÍN CON EL PESO DE RESPONSABILIDADES PENALES PARA LOS CONCEJALES QUE VOTEN EN CONTRA

El próximo lunes, 4 de mayo, se celebrará en el Ayuntamiento de Castro Urdiales el primer pleno tras la declaración del estado de alarma hace seis semanas. Quizás esto no sea digno de atención, pero resulta llamativo que este primer pleno telemático de la historia de la ciudad lo sea para resolver la aprobación del Modificado nº 23 del Plan General, es decir, una cuestión de la “máxima urgencia” para la población de Castro Urdiales, y que este pleno sea el segundo en el que se trata el mismo asunto (la aprobación definitiva del Modificado nº 23 del PGOU) que ya había sido rechazada por falta de la mayoría para aprobar el Modificado y con ello la recalificación de la fábrica de anchoas Lolín. En aquel pleno de 4 de febrero de este año el Modificado no había obtenido la mayoría absoluta necesaria (11 concejales) a pesar de los votos afirmativos de sus valedores, CastroVerde y El PRC (3 + 5 concejales), debido a la abstención de los seis concejales del PSOE y de los dos de Ciudadanos, y el voto en contra del único concejal de Podemos. El sexto concejal ausente del PRC, el dueño de la empresa Anchoas Lolín, Jesús Gutiérrez no asistió al pleno al tener interés directo en el asunto en cuestión. Tampoco comparecieron los tres concejales del PP.

El asunto parecía estar resuelto, pero poco tiempo después, el 6 de marzo, aparece en escena el juez Acayro Sánchez y dicta un auto que podríamos calificar como “pintoresco” si no fuera por los intereses que hay en juego en este asunto que, ahora, ya trascienden la mera recalificación de la fábrica de Anchoas para cuestionar los acuerdos que toma el órgano representativo de la democracia local. Un caso inaudito en la democracia española.

El dueño de la fábrica de Anchoas Lolín, portavoz del PRC en el Ayuntamiento y líder de la formación en Castro Urdiales, decide impugnar el pleno, pero sorprendentemente no lo hace yendo por la vía contenciosa contra el acuerdo plenario, sino presentando un incidente de ejecución de una sentencia trece meses anterior que resolvió un recurso contencioso contra el Ayuntamiento que presentaron los dueños del supermercado DIA que se encuentra frente a la fábrica de anchoas. Debe aclararse que aquella sentencia, dictada por Acayro, no lo era contra la aprobación del Modificado del PGOU sino contra la aprobación definitiva del convenio urbanístico en el que se decidió que el Ayuntamiento debería a tramitar el Modificado. (Hago un paréntesis para explicar que el famoso convenio Lolín fue ya tramitado con el compromiso por parte del Ayuntamiento de la redacción de la memoria urbanística; la aprobación inicial del modificado nº 2 del PGOU; el trámite de información pública; la aprobación provisional; y cuando se sometió a aprobación definitiva con otro gobierno municipal, tras las elecciones de mayo de 2019, no obtiene la mayoría absoluta necesaria que exige la legislación para aprobar un instrumento urbanístico). 

Con la desestimación de aquella sentencia y la ratificación del convenio para seguir el trámite urbanístico ya se dio satisfacción a la parte demandada, por lo tanto es un disparate exigir en un incidente de ejecución de sentencia que se apruebe definitivamente el Plan General cuando ese plan ya ha sido rechazado. ¿Si el convenio ya se ha tramitado cumpliendo con las cláusulas que comprometían al Ayuntamiento, qué razón hay para solicitar una ejecución de sentencia de un procedimiento, el del convenio, distinto al del trámite urbanístico? Hay una razón que lo explica y ella tiene que ver con la irrupción en escena del juez Acayro, llamado a ser el actor principal para sacar adelante este Modificado nº 23.

El juez Acayro alimenta su posición señalando en su auto que el Ayuntamiento debió no solo tramitar el Modificado, sino aprobarlo, independientemente de que tras las últimas elecciones se produjera un cambio en el equipo de gobierno y en la representación política municipal. Si esto es así, la potestad municipal de planificar el urbanismo no sería el resultado de las deliberaciones en el pleno, de los informes técnicos, del trámite de información pública, o del cambio de criterio en cómo planificar la ciudad. La potestad municipal debería quedar sacrificada por la decisión de un juez, que reclama insistentemente con los dueños de la fábrica el cumplimiento de aquel convenio. Un auténtico disparate. El disparate es aún mayor toda vez que el juez afirma que la posición del nuevo Ayuntamiento es arbitraria, y cuestiona el propio informe de la secretaria municipal en el que se señala que el Ayuntamiento no puede aprobar el Modificado porque el dueño de la fábrica no cumplió la parte que le compromete en el convenio, aquella que decía que debía demostrar que el promotor adquiere una propiedad en el polígono industrial de Vallegón para proceder al traslado de la fábrica y con ello salvaguardar los puestos de trabajo. También se señala en este informe de la secretaria que la zona es inundable y por tanto no podría darse licencia urbanística al nuevo centro comercial que suplantaría la vieja fábrica de anchoas. Esta fue la argumentación expuesta por los concejales que decidieron no aprobar definitivamente el Modificado sobre los que el juez advierte en su auto de responsabilidades penales y multas coercitivas si impiden la aprobación del convenio que, según Acayro, debe significar la aprobación del Modificado. (Abro un segundo paréntesis para decir que los grupos políticos y concejales díscolos con este Modificado siempre mantuvieron una posición contraria o abstencionista, ya fuera en fase aprobación del Convenio, ya lo fuera en fase de tramitación del Modificado; es decir, en las cinco veces que han podido posicionarse nunca votaron a favor de esta operación urbanística que solo ha salido adelante con los único votos de PRC y CV).

El pleno se celebrará el lunes 4 de mayo, después de un insistente trasiego de recursos del Ayuntamiento y autos desestimatorios, el último con la amenaza explícita de multar a la alcaldesa con 1000 euros diarios si no se celebra el pleno. La gran paradoja es que a pesar de la celeridad en resolver por parte del juez Acayro, con varios autos y providencias que reclaman la obligación de convocar y celebrar el pleno a pesar del estado de alarma, el recurso contra el primer auto que debe resolver el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria duerme confinado. ¿Qué pasaría si el TSJC resuelve declarar nulo el auto del juez Acayro mientras el Ayuntamiento acuerda una decisión diferente de la tomada en aquel pleno, es decir, aprobar el Modificado? ¿Por qué tiene que celebrarse un pleno en cumplimiento de un auto de un juez que ha sido recurrido al TSJC?

El lunes, 4 de mayo, a las 12, los concejales deberán ratificar telemáticamente el carácter extraordinario del pleno, y seguramente lo harán, impelidos por el mandato del juez. En el segundo punto del orden del día tendrán que aprobar las normas de procedimiento telemático del pleno, condición para que éste sea válido. Y en el tercer punto se somete, por segunda vez, la aprobación definitiva del Modificado nº 23 del PGOU.

Ignoro lo que harán los concejales, pero este es un caso de conciencia y de inteligencia política que les somete al dilema de sus vidas políticas, en el que el asunto urbanístico queda ya en un segundo plano. La cuestión es si su voto, es el resultado de su voluntad y de sus convicciones o bien es el resultado de la coacción impuesta por un juez[1]. Puede que a algunos lectores les parezca muy fuerte que hable de “coacción”, pero es que es muy fuerte lo que está aconteciendo, y no puede entenderse el auto del juez sino como una imposición contra la propia voluntad de los concejales, so pena de responsabilidades penales y administrativas. Se ha llegado a augurar que algunos concejales podrían cambiar su voluntad de abstenerse o de votar en contra del Modificado, y voten a favor por “imperativo del juez” lo que nos coloca en una situación tan inédita como estrafalaria. Imagino que los concejales, que siempre mantuvieron su posición contraria o abstencionista, estarán bien asesorados y sepan que su voto es tan legal y coherente como cualquier otro, y debe ser emitido sin otro impedimento que el que les dicta su razón.

Como decía al principio, la recalificación de la fábrica de anchoas ha entrado en un proceso que va más allá de la operación urbanística y sus consecuencias para la ciudad. Esto ya no va de Urbanismo, esto va de Democracia. Se cuestiona el propio funcionamiento democrático de las instituciones municipales en la que los representantes de la soberanía popular ejercen su voluntad política libremente expresada.

Juantxu Bazán


[1] Acepciones de la palabra COACCIÓN que da la RAE:

  1. Fuerza o violencia física o psíquica que se ejerce sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad.
  2. Poder legítimo del derecho para imponer su cumplimiento o prevalecer sobre su infracción.

Modificación del PGOU de Castro Urdiales para cambiar el uso de la fábrica de Lolín: EL EMPRESARIO ES RESPONSABLE DE GARANTIZAR LOS PUESTOS DE TRABAJO SEA CUAL SEA EL FUTURO DE LA RECALIFICACIÓN DE LA FÁBRICA

La federación de industria de Comisiones Obreras de Cantabria ha entrado en el escenario del Convenio Urbanístico y Modificación del Plan General de la fábrica de anchoas Lolín “exigiendo a los políticos que pongan toda la carne en el asador y se impliquen para aclarar la situación, desatascar el problema y velar por el futuro de las 50 familias que trabajan en la conservera”. El desatasco según el sindicato implica la “la materialización del convenio”, es decir, su aprobación, y si no se busquen alternativas para conservar los puestos de trabajo.

Hace bien Comisiones Obreras en ocuparse y preocuparse del futuro de los puestos de trabajo de Conservas Lolín. Esa es su función. Ojalá todos los participantes en el affaire para recalificar la fábrica hubieran mostrado su preocupación a su debido tiempo. Pero creo sinceramente que Comisiones Obreras está errando en la dirección a la que tiene que dirigir sus exigencias.

En el asunto de la recalificación de la parcela de la fábrica de Lolín, ha habido objetivos principales, y secundarios. El objetivo principal del convenio urbanístico ha sido siempre la recalificación, a través del modificado del PGOU, para cambiar el uso de la parcela de la fábrica de anchoas de Industrial a Comercial y permitir con ello la construcción de un centro comercial, Mercadona según se dice. En este asunto el objetivo secundario ha sido el futuro de los trabajadores. El propio convenio lo denomina “actuación accesoria a la calificación urbanística”: trasladar sus instalaciones a una nueva fábrica que se construiría en el polígono de Vallegón, aspecto que se concreta en la primera de las cláusulas obligacionales en la que se dice ”el Ayuntamiento no vendrá obligado a aprobar definitivamente la modificación del PGOU hasta que por parte de la propiedad y/o la mercantil titular de la industria se acredite la adquisición de la propiedad o usos de una parcela en El Vallegón, para trasladar la industria existente actualmente en la parcela objeto de este convenio; y que dispone de financiación o recursos suficientes para la adquisición de la parcela, construcción y puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones industriales de Vallegón”. Sin embargo, más tarde se añade otra cláusula que permite al empresario un plazo máximo de tres años desde la aprobación definitiva de la modificación del PGOU para poner en funcionamiento la nueva fábrica.

Es decir, por una lado se quiere amarrar un compromiso del empresario para sostener la industria, y por otro se desanuda para dar un plazo de tres años para la puesta en marcha de la fábrica en Vallegón ¿Y en ese plazo adónde se supone que deberían ir los trabajadores? No dudo de que el equipo de gobierno anterior hiciera votos para que la recalificación no pusiera en riesgo los puestos de trabajo, y posiblemente llegó a pensar que el convenio urbanístico era la condición para garantizar el sostenimiento de la fábrica y de sus trabajadores. Un error garrafal;  el convenio trata de otra cosa, muy alejada del sostenimiento de los puestos de trabajo, porque esa es una condición que nunca puede depender de la política urbana puesto que está sometida a decisiones empresariales y de mercado que un Ayuntamiento no puede controlar: ¿hay alguna manera de qué un Ayuntamiento pueda evitar un ERE y los consiguientes despidos de parte de la plantilla, si se dieran las condiciones para ello?

En este convenio urbanístico no se habla de trabajadores, ni de sostenimiento de los puestos de trabajo, ni de las 50 familias que según se dice dependen de la fábrica. Y esto, que, como digo, fue cuestión secundaria en la parte dispositiva del convenio, ahora, cuando el Modificado del Plan General se cuestiona seriamente y adolece de la mayoría necesaria para ser aprobado, se convierte en la cuestión principal: el futuro de las 50 familias como ultimátum para doblegar la voluntad de la corporación.

Mucho antes de que CC. OO. saliera a la palestra, CastroVerde y PRC armaron este enorme lío que ahora pesa sobre los puestos de trabajo, y acecha con una inadmisible presión del empresario conservero a los concejales de PSOE, PP, C’s y Podemos del Ayuntamiento de Castro Urdiales amenazando con responsabilidades personales, civiles y penales, si no dan su aprobación, o se abstienen, en la tramitación del PGOU nº 23. Para entender este dilema hay que decir que el convenio urbanístico se prueba en la anterior legislatura con los únicos votos favorables de CastroVerde y PRC, quienes también aprobaron inicial y provisionalmente el modificado nº 23 del PGOU con la recalificación pactada, y esto fue posible porque ambos partidos sumaban mayoría absoluta. Pero las circunstancias políticas ahora son otras; quien tiene el poder municipal es el PSOE, en coalición con Ciudadanos, que junto con el voto negativo de Podemos y posiblemente del PP, impedirían la aprobación del Convenio. Estos partidos nunca votaron a favor del Convenio ni del Modificado del PGOU, y no soportan ninguna obligación política sobre un Modificado del PGOU que presenta serias dudas jurídicas, sobre todo por la ubicación de la parcela en zona inundable.

En estas circunstancias la exigencia de CCOO dirigida a los políticos para que garanticen los 50 puestos de trabajo “independientemente de lo que pase” llega a mi modo de ver muy tarde y está muy mal dirigida, porque si de lo que se trata es de garantizar los puestos de trabajo en modo alguno estos debieran ser los paganos de la aventura especulativa del dueño de la empresa. No son las decisiones del Ayuntamiento las que ponen en riesgo los puestos  de trabajo. Es el empresario el responsable garantizar los puestos de trabajo sea cual sea el futuro de la recalificación de la fábrica. Porque si no es así, nos colocamos en una disyuntiva inadmisible: si hay recalificación se sostienen los puestos de trabajo, y si no hay recalificación se pierden los puestos de trabajo; un ejemplo estupendo para que las empresas desmantelen sus industrias y se dediquen a la especulación urbanística. Comisiones Obreras sabe perfectamente de lo que estoy hablando, y en Cantabria se están dando ejemplos que avisan de estos fraudes.

Si finalmente el Modificado del PGOU es rechazado, quiero pensar que el problema de los trabajadores sea la cuestión principal, es decir, que su futuro no dependa de una cláusula urbanística que ellos no han negociado, ni en la que han sido partícipes. Para ello, el empresario y los trabajadores, con la colaboración de la administración competente, deben garantizar que las instalaciones actuales de la fábrica de Lolín sigan siendo operativas para mantener los puestos de trabajo, durante el tiempo que sea menester hasta que el Ayuntamiento, con la mayoría necesaria, vislumbre un futuro para el conjunto de la zona industrial de Brazomar útil para la ciudad y en la que no se arriesgue la situación laboral de los trabajadores.

Juantxu Bazán

2 de febrero de 2020

Artículo publicado en el diario.es Cantabria:https://m.eldiario.es/cantabria/primerapagina/Modificacion-PGOU-Castro-Urdiales-Lolin_6_991860805.html

Cantera de Santullán: anacrónica, ilegal, sin restauración ambiental

Voy a hablar de la Cantera de Santullán, o mejor dicho, de la Cantera que se ubica en la Peña de Santullán. Parece un matiz sin importancia, pero no, cuando hablo de la Cantera, pienso sobre todo en la Peña.

La cantera de Santullán es un recurso minero que lleva explotándose desde 1.966, si bien la concesión por parte del Ministerio de Industria es de 1995. La cantera se ubica en suelo propiedad de la Junta Vecinal de Santullán que comprende toda la zona este de la Peña, mientras que la zona oeste de la mole caliza pertenece a la Junta Vecinal de Sámano; por eso al castro romano (prerromano) de la Peña, se le denomina Castro de la Peña de Sámano.

En la actualidad, la cantera tiene 36 puestos de trabajo; la producción de caliza (carbonato cálcico de alta pureza) ha sido de casi un millón de toneladas en el 2017, así lo dice el Plan de Labores presentado a la D. G. de Industria de Cantabria.

La Cantera de Santullán es un gran negocio, de altísima producción y rentabilidad, con un gran volumen de exportación facilitada por la proximidad del puerto del Gran Bilbao. Sirva de indicador de su enorme riqueza el hecho de que el fallecido dueño de Canteras de Santullán S. A., Miguel de la Vía, era asimismo el  dueño de la Torre de Loizaga, en Galdames, lugar que alberga una de las más prestigiosas colecciones de automóviles del mundo, el Museo de coches clásicos y antiguos. Dueño asimismo del conjunto del castillo y palacio de Ocharan, una de las mayores propiedades privadas de suelo urbano residencial de España. La Cantera de Santullán es también un importante recurso económico para la Junta Vecinal de Santullán que gracias al convenio con la empresa permite la contratación de personal de la cantera del mismo pueblo, además de contribuir económicamente a la Junta, y financiar las fiestas del pueblo, unas fiestas que llaman la atención por su enorme dispendio y gran éxito popular.

Como decía al principio, la Cantera de Santullán se ubica en la Peña de Santullán, y esto no es una redundancia, sino una circunstancia fundamental para entender lo que acontece con esta explotación minera. La Peña de Santullán es una gran montaña, un complejo kárstico que, desde mi punto de vista, es, aún y a pesar de la cantera, un monumento natural que alberga varios ecosistemas y sistemas vegetativos protegidos por la legislación, entre ellos el encinar cantábrico que caracteriza la montaña de la costa de Cantabria; la Peña acoge importantes yacimientos prehistóricos que nos llevan al origen de Castro Urdiales, al paleolítico, a la edad de hierro, a la época romana; la mole caliza abriga también una riqueza espeleológica y paleontológica que ha sido bien estudiada. Juan Tomás Molinero, en su imprescindible «Carta Arqueológica de Castro Urdiales» cita además del Castro de la Peña de Sámano, una veintena de cuevas, y abrigos con hallazgos paleontológicos y arqueológicos que dibujan lo que bien merecería ser un parque arqueológico.  En sus trescientos millones de años, la Peña ha acogido grandes transformaciones por la acción de la geología, de la naturaleza y por la actividad humana, pero ninguna la alterado de forma tan drástica como la actividad minera reciente.

Mapa de la Peña en el que se indican las cuevas (en azul) en las que se han encontrado yacimientos paleontológicos y arqueológicos, topografiados, y estudiados por el GELL, Grupo Espeleológico La Lastrilla, de Castro Urdiales. Fuente: Carta arqueológica de castro Urdiales. Juan Tomás Molinero Arroyabe. Ayuntamiento de Castro Urdiales, 2000.

La importancia de la Peña ha sido plasmada en el planeamiento urbano. El Plan General de 1997 la clasificaba comoSuelo No Urbanizable de Especial Protección (con la excepción del área extractiva situada al norte de la Peña que entonces tenía una superficie de unas 75 hectáreas). En el año 2000 se aprueba por el Ayuntamiento de Castro Urdiales el convenio con Miguel de la Vía para ampliar la zona de explotación recalificando el suelo protegido de la zona este y sur de la Peña ampliando la zona de explotación a unas 200 hectáreas. El POL, Plan de Ordenación del Litoral, clasifica la Peña comoAIP (Área de Interés Paisajístico) uso que de acuerdo con la ley del POL deja intocables las explotaciones mineras. En el año 2007 a instancia del Ayuntamiento que recoge las las alegaciones de la Plataforma para Salvar la Peña,  la Dirección General de Medio Ambiente recorta la zona de explotación dejando fuera de la cantera parte del encinar de la zona sur.

La evolución del mapa de la explotación puede seguirse así:

Ortofoto Peña 1956. Fuente: https://mapas.cantabria.es/
Ortofoto de la Peña en 1988, cuando ya llevaba 22 años explotándose la cantera. Fuente: https://mapas.cantabria.es/
2001. La cantera asciende y se amplia de forma vertiginosa con el aumento de la demanda de áridos e construcción. Fuente: https://mapas.cantabria.es/
2005. Se ha producido el Gran Salto Adelante con la aprobación del Modificado del PGOU lo que permite la extensión de la cantera hacia el este y sur una vez descalificados los suelos protegidos por el PGOU. Fuente: https://mapas.cantabria.es/

2010. Fuente: https://mapas.cantabria.es/
La Peña y la Cantera según la ortofoto de 2016.

La evolución de la explotación la percibimos a través de las siguientes fotos:

Cara norte de la peña desde el valle de Sámano, en los años 50
La Peña tras unas voladuras en la cantera en el año 1991. Foto tomada desde Lusa
Ladera este y sur de la Peña en 2003 meses antes de iniciarse la explotación por estas zonas de la Peña
Octubre de 2003. Comienzo de la explotación por la ladera este tras la aprobación del modificado nº 3 del PGOU
Ladera este, en abril de 2007.
Ladera este de la Peña, con el frente de explotación de cantera en el año 2015
Ladera sur y este de la Peña desde el camino a Ventoso en abril de 2017.

Tras este recorrido visual conviene señalar ahora cuáles son los retos o los dilemas que nos plantea esta explotación de cantera. Seguramente muchas personas pensarán que esta es cuestión de la que no hay que ocuparse, y si a alguien le molesta la cantera no tiene más que apartar la mirada, pero yo estoy convencido de que hay que ocuparse de lo que acontece con esta cantera, y es de gran interés público acometerlo por mucho que alguien se pueda sentir incómodo. Así que a continuación lanzaré algunas preguntas que espero puedan responderse a lo largo de este artículo: ¿Es aceptable que esta explotación minera pueda continuar hasta el infinito? ¿Debe albergarse la posibilidad de que la explotación minera tenga un fin en un periodo razonable de tiempo? ¿Es posible otra forma de explotar la Cantera? ¿Cuál debe ser el futuro del espacio que ocupa la Cantera de Santullán?

Naturalmente, estas preguntas deben plantearse con un condicionante que debieran aplicarse tanto las administraciones que deben intervenir en el control de la actividad minera como la propia empresa: el cumplimiento de la legislación minera, urbanística y ambiental. Algo tan obvio como esto, el cumplimiento de la legalidad, no puede ser solo un reto de las asociaciones o del movimiento ecologista.

El cumplimiento de la legalidad: las administraciones saben pero no contestan

En el mes de junio de 2018 hemos dirigido escritos (EQUO Cantabria) a la Dirección General de Industria en relación con varios incumplimientos de la legislación minera, y en especial con la inexistencia de restauración ambiental en la cantera; a la Dirección General de Medio Ambiente informando sobre el incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental ; y al Ayuntamiento de Castro Urdiales advirtiendo del incumplimiento del Plan General de Ordenación y de sus normas urbanísticas, competencia por la que debe velar el Ayuntamiento. A estas administraciones les informamos, y solicitamos que actúen, en el ámbito de sus respectivas competencias. Ninguno de esos escritos ha sido contestado, lo que, además de ser de muy mala educación, incumple el propio procedimiento administrativo y la sana obligación que tiene las administraciones de contestar a los requerimientos de sus ciudadanos.  

Tras la presentación de los primeros escritos, el 5 de julio de 2018, estuvimos en el Servicio de Inspección Minera (Montse Obregón, de Podemos Castro, Floren Enríquez de Ecologistas en Acción, y Juantxu Bazán de EQUO Cantabria) interesándonos por la situación de la Cantera, y tratando de entender lo que, desde nuestro punto de vista, era una sucesión de supuestos de infracciones graves. Recibimos buen trato y pudimos examinar el expediente de la Cantera de Santullán, especialmente el Plan de Labores y el último Plan de Restauración presentado en el año 2008. Estuvimos hablando con responsables del Servicio de Inspección Minera (servicio dependiente de la Dirección General de Industria del Gobierno de Cantabria). Entre los expedientes aparece incluso una sanción por infracción grave de 150.000 € a Canteras de Santullán por excederse de la zona de explotación, expediente de 2009 que se resolvió con una sentencia favorable a la D. G. de Industria, lo que lleva a pensar que a veces la administración si actúa, y si sabe lo que hace. Pero no hay un control periódico y exhaustivo de lo que acontece, y de los incumplimientos denunciados. A resultas de aquella reunión, entendimos que la Administración, sabe perfectamente cuáles son sus competencias y obligaciones, y conocen las veleidades de algunas explotaciones mineras; pero percibimos la constatación de insuficiencia de medios que impide actuar con la debida diligencia. “Lo que ustedes nos plantean, lo vamos a estudiar”, se nos dijo entonces… y hasta hoy. Tras la falta de contestación, ahora entendemos que no solo faltan medios sino además una decidida voluntad para intervenir en el control de la actividad minera.

Resumiendo, las administraciones saben y deben saber, pero no contestan y deben contestar; ese es un mal punto de partida para canalizar nuestras pretensiones, e intervenir, si a ello hubiera lugar, sobre la Cantera de Santullán.

La primera administración, el Ayuntamiento, se desentiende de la Cantera de Santullán.

Existe la creencia de que el asunto de la Cantera no tiene que ver con las competencias municipales, y eso no es cierto. Al Ayuntamiento le corresponde el control de ruido y emisiones de polvo en aplicación de sus propias ordenanzas, y también el cumplimiento del Plan General. Pero además, entender que la explotación de cantera no afecta a las competencias municipales denota ignorancia y falta de responsabilidad. Empecemos por señalar que esta Cantera es una actividad muy impactante, enclavada en un entorno muy singular, la Peña de Santullán, y los usos actuales y futuros de este magnífico monumento natural deben tenerse en cuenta como un recurso natural y cultural magnífico. Por otro lado, tal como se señala en el escrito dirigido al Ayuntamiento en junio de 2018, la cantera ocupa suelo fuera del área de explotación en suelo urbanizable protegido. El propio Plan General prohíbe las explotaciones mineras y canteras en todo el término municipal, con la excepción de la Cantera de Santullán, señalando para esta explotación unos condicionantes relativos al Plan de Restauración, entre ellos:

  • Durante las fases de explotación de la cantera se procederá a rebanar tierra vegetal de la zona para su posterior extendido en plataformas y taludes resultantes. El almacenamiento de esta tierra se ejecutará formando cordones de una altura máxima de 2 m. y si deben permanecer más de seis meses almacenados se procederá anualmente al abonado y siembra de los mismos, para su mantenimiento.
  • El Ayuntamiento podrá obligar a la actual explotación a la realización de una pantalla vegetal que disminuya el impacto visual actual. El plazo para su realización será de un año, contado a partir de la remisión de la orden municipal al explotador.
  • Al abandono de la explotación (o de algún frente) se procederá (…) a la realización de la restauración proyectada.

Es tan solo un resumen del capítulo V.2.13 de las normas urbanísticas del Plan General referente a las Minas y Canteras, normas que están en vigor desde 1997, momento en el que el impacto visual de la cantera siendo enorme era menor del que se sufre en la actualidad. Por lo tanto, el Ayuntamiento tiene la obligación de intervenir en la Cantera cuando no se están cumpliendo las normas relativas a la restauración ambiental.

Me consta que el Ayuntamiento, a través de la policía municipal recibe denuncias periódicas por ruidos, emisiones de polvo, y por quema de residuos, hechos que en muchas ocasiones se producen con nocturnidad. Estamos hablando de competencias municipales relativas al control sobre los residuos, la contaminación atmosférica, y acústica.

Pero si hay una competencia exclusiva del Ayuntamiento es la que se ejerce a través de la planificación, gestión y disciplina urbanística. En escrito dirigido al Ayuntamiento EQUO Cantabria hemos denunciado el almacenamiento de miles de toneladas de acopios y materiales de cantera en suelo protegido por el PGOU. En las fotos que muestro a continuación puede verse a lo que me refiero:

Acopios de estériles en SNU de Protección Ecológica ubicados entre la explotación de la Cantera y el núcleo urbano de Santullán.

Acopios de estériles en SNU de Protección Ecológica ubicados entre la explotación de la Cantera y el núcleo urbano de Santullán. Los acopios se encuentran próximos a la carretera que une Santullán con Sámano.
Foto aérea de las instalaciones de la cantera al sur del pueblo de Santullán, con la zona reservada para acopios de áridos en primer término
Los acopios alcanzan una gran altura, y llama la atención la excesiva proximidad con la carretera.
Superposición de la ortofoto del SIGPAC con el plano del PGOU en el que se observa como la zona de acopios se ubica fuera de la zona de explotación de la cantera en SNU-PE.
La equis roja señala el espacio en el que se produce la acumulación de los acopios de áridos, fuera de la zona de ex0plotación, en suelo protegido por el PGOU.

Tales acopios se están produciendo fuera de la zona de explotación de la cantera, en suelo rústico, concretamente en Suelo No Urbanizable de Protección Ecológica, propiedad de la Junta Vecinal de Santullán, y que como es natural el Plan General prohíbe ese tipo de actividades. Entonces ¿Cómo es posible que se produzcan tales vertidos de material y se esté haciendo así durante tantos años?

Pues solo me cabe una explicación dual: la falta de control del territorio de quien debe estar atento al cumplimento de las normas urbanísticas, y la inmunidad de la que goza la Cantera de Santullán. En estas circunstancias es fácil de entender que el escrito dirigido al Ayuntamiento en la que se solicita intervención sobre estas cuestiones no se haya contestado, y a estas alturas ya no creo que, pasados 8 meses se vaya a contestar .

El Plan de Restauración Ambiental: la empresa no lo cumple, la Dirección General de Industria no lo controla

Antes de continuar quiero aclarar una cosa a todas aquellas personas que con buena o mala intención van a tratar de ponerme los colores señalándome como ecologista que quiere parar la cantera y dejar a la gente sin trabajo. Un clásico. Aclaremos que a mí no me gusta nada esta cantera, pero lejos de mi está la voluntad de parar la cantera y que la gente se vaya al paro. Más valdría señalar la responsabilidad del empresario que incumple sistemáticamente sus obligaciones legales; este es el que pone en riesgo los puestos de trabajo, y la credibilidad de su propia empresa, a costa de aminorar costes con los que debe contribuir para atenuar los efectos que supone una actividad tan agresiva como la Cantera de Santullán.

Sigamos con nuestro diagnóstico.

Una de las obligaciones que tiene la Cantera es la de hacer la restauración ambiental del entorno natural que ya no sirve a la explotación, obligación que corresponde al empresario y de cuyo cumplimiento tiene que vigilar el Ayuntamiento de Castro Urdiales, en lo que le toca a su competencia, pero sobre todo la Dirección General de Industria del Gobierno de Cantabria, a través del Servicio de Inspección Minera, pues es aquí donde reside la principal competencia de control de la actividad minera.

Me voy a permitir una definición muy bonita que da el Instituto Superior de Medio Ambiente de lo que es una restauración ambiental:

La restauración ambiental es el proceso consistente en reducir, mitigar e incluso revertir en algunos casos, los daños producidos en el medio físico para volver en la medida de lo posible a la estructura, funciones, diversidad y dinámica del ecosistema original.  Para ello deben restituirse las condiciones originales y corregirse los de impactos medioambientales ocasionados por la actuación llevada a cabo en el entorno.

La nueva legislación prefiere utilizar la expresión “rehabilitación”, que se define así:

el tratamiento del terreno afectado por las actividades mineras de forma que se devuelva el terreno a un estado satisfactorio, en particular en lo que se refiere, según los casos, a la calidad del suelo, la fauna, los hábitats naturales, los sistemas de agua dulce, el paisaje y los usos beneficiosos apropiados.

En un caso (restauración) se trata de devolver el terreno a su estado original, y en el otro (rehabilitación) recomponer el terreno a un uso satisfactorio y beneficioso. Siempre en condiciones ambientales plausibles.

En lo que sí está de acuerdo la nueva legislación con la anterior es en que el instrumento fundamental para caminar en la restauración y rehabilitación ambiental es el PLAN DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL. La legislación  minera es muy clara al respecto, hasta el punto de que en el concepto de APROVECHAMIENTO MINERO lleva implícito la rehabilitación de los espacios mineros tal como se expresa en el art. 2 del RD 975/2009 sobre Gestión de residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras:

Se entenderá por aprovechamiento al conjunto de actividades destinadas a la explotación, almacenamiento, preparación, concentración o beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos regulados en la Ley de Minas, incluyendo las labores de rehabilitación de los espacios afectados por la actividad minera.

Este último inciso “incluir las labores de rehabilitación” es el que olvidan sistemáticamente algunos empresarios mineros, por lo que no incorporar entre la actividad minera las labores de restauración y rehabilitación debe anotarse como una muestra de falta de diligencia profesional y empresarial.

El art. 2.2 del RD 975/2009 señala la obligación de la rehabilitación de los espacios afectados por la explotación así como sus instalaciones anejas:

La entidad explotadora, titular o arrendataria del derecho minero original o transmitido, que realice actividades de investigación y aprovechamiento reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, queda obligada a realizar, con sus medios, los trabajos de rehabilitación del espacio natural afectado por las labores mineras así como por sus servicios e instalaciones anejas, en los términos que prevé este real decreto. Asimismo deberá abordar la gestión de los residuos mineros que su actividad genere enfocada a su reducción, tratamiento, recuperación y eliminación.

Para ello las canteras, como en cualquier otra actividad minera, tienen que presentar un Plan de Restauración Ambiental, con un contenido que viene regulado por la ley de Minas, y más concretamente por el ya mencionado RD 975/2009.

Pues bien, examinada la documentación en el propio Servicio de Inspección Minera, deducimos que el Plan de Restauración presentado en el año 2008 es insuficiente, inadaptado a la nueva legislación, con carencias, con la excepción de algunos capítulos, los referidos a la revegetación y restauración de bancos abandonados, que podrían considerarse razonables. Sin embargo, lo grave, más allá de la validez del documento, es que se deduce un incumplimiento del Plan de Restauración, hasta el punto de poder afirmar que en la actualidad la Cantera de Santullán no se ocupa de su obligación de efectuar la restauración ambiental de los espacios mineros explotados. En cuanto al Plan de Labores de 2018, en el mismo no se dice cuales son las zonas que debieran restaurarse a lo largo del año, ni cual es el grado de cumplimiento del Plan de Restauración. La legislación minera establece la obligación de coordinar el Plan de Labores y el Plan de Restauración:

Los planes de restauración y explotación se coordinarán de forma que los trabajos de rehabilitación se lleven tan adelantados como sea posible a medida que se efectúe la explotación.
Art. 3.3 RD 975/2009

Pues bien, en el Plan de Labores la restauración ambiental es inexistente. Ni siquiera en el Plan de Inversiones se detalla cantidad alguna para la restauración ambiental.  Peor aún, el Plan de Labores miente en relación con las actividades restauradoras.

Tras este cuadro no se presentan ni planos, ni fotos, ni croquis, ni esquemas que verifiquen la existencia de 4.630 m2 de superficie restaurada en 2017, ni superficie total acumulada de 120.702 m2. Más adelante se expondrá el estado de la cuestión de la restauración ambiental de la Cantera de Santullán, y nos daremos cuenta de la inexistente restauración en los bancos abandonados.

Esto da idea del control que tiene la Dirección General de Industria de la Cantera de Santullán

La restauración ambiental no preocupa a Canteras de Santullán S. A.

Si, tal como hemos referido más arriba, la restauración ambiental forma parte de una explotación minera, habríamos de entender que la restauración ambiental debe añadirse a los objetivos empresariales de Canteras de Santullán ¿no es así?

Bastaría con una observación visual de los frentes de la Peña para darse cuenta de que la Restauración Ambiental no se vislumbra en la Cantera. Veamos la imagen que ofrece la cara norte y este de la cantera, desde un lugar, la cota 230 de las minas de Dícido:

Vista de la cantera desde las faldas del Pico Haro, en las minas de Dícido. Las flechas rojas indican las zonas en las que la cantera ha hecho plantaciones de coníferas y arbolado autóctono en cincuenta años. La mayor parte para efectuar cerramiento y pantallas con leylandis (especie de conífera que no es la especie prevista para hacer restauración ambiental). El frente norte, propicio para ser restaurado tras el abandono de las tareas de extracción aparece sin restauración.

Y veamos por fin, algunos ejemplos de canteras españolas en las que si se hecho una restauración ambiental de los espacios explotados, y así nos damos cuenta de que estamos hablando de cosas muy factibles:

Canteras de Isabel en Monda en Málaga, de la empresa Holcim Áridos S.L
Antigua cantera de roca caliza del Turó de Montcada. El gran agujero árido y polvoriento, trufado por caminos y trincheras donde se extraía el material para fabricar el cemento, es hoy una explanada verde y frondosa. La recuperación de este sitio es uno de los mejores ejemplos de España de restauración de un lugar que estuvo degradado durante decenios por las actividades extractivas.
Restauración de cantera en Santa Margarida i els Monjos (Barcelona) zona con predominio de frentes rocosos y taludes de gran pendiente media, similares a los de la Cantera de Santullán.
Cantera de Mijas-Arenales en Málaga.

La restauración ambiental no parece ser asunto que le preocupe a Canteras de Santullán S. A. Si visitamos la web de Canteras de Santullán S. A. no se publica el Plan de Restauración Ambiental, y la expresión “restauración ambiental” o “rehabilitación” u otra similar no aparece. Si hay una reseña, titulada “política ambiental”, pero en él no se habla ni de medio ambiente ni de restauración ambiental, sino de “mejora de los procesos productivos”. En otro apartado de la web se extiende un poco más para hablar del COMPROMISO LOCAL Y MEDIOAMBIENTAL:

Fotograma de la web de Canteras de Santullán S. A.

Se reseña el “compromiso con la sociedad local y el medio ambiente”:

Con esta filosofía y en base al cumplimiento escrupuloso de la legislación española y europea a nivel minero y medio ambiental, una de las más restrictivas a nivel mundial, Canteras de Santullán lleva invirtiendo histórica y sistemáticamente parte de sus recursos en mejoras ambientales y en desarrollo local sostenible, como justo retorno a la propia sociedad.

A continuación examinaremos el “compromiso medioambiental” de Canteras de Santullán S. A.

En el año 2018 deberían estar restaurados los bancos superiores de la cantera y una buena parte del frente norte

En el escrito de alegaciones presentado por EQUO y Ecologistas en Acción, se expone que el Plan de Restauración que está depositado en el Servicio de Minas, no está adaptado a la ley (la ley es de 2009 y el Plan de 2008), su contenido en su mayor parte no cumple con lo que dice la ley que debe contener un Plan de Restauración, adoleciendo de un Plan de Gestión de Residuos, o de un estudio de alternativas de los diferentes usos para cuando finalice la explotación minera (tanto del espacio natural como del espacio donde están las instalaciones); tampoco existe un anteproyecto del abandono definitivo de las labores, y hay aspectos en la restauración del paisaje que debieran ser más concretos y con mayor documentación gráfica. Eso es algo sobre lo que no voy a extenderme ahora porque ya se expone detalladamente en el escrito en el que se motivan los incumplimientos de la ley. Sin embargo, hay otros aspectos que si están suficientemente definidos y que no se han llevado a efecto, incumpliendo escandalosamente el Plan de Etapas. Sobre esto si voy a informar.

Restauración de bancos abandonados: No hay gestión de tierras vegetales, ni preparación del terreno ni aporte de tierras. No se han plantado ni las bermas ni los taludes que fija el calendario de restauración.

Uno de los objetivos que plantea el desarrollo del Plan de Restauración tiene que ver con la gestión de tierras vegetales, tanto las que se ataquen con la explotación, como las que procedan del exterior. El Plan de Restauración establece como criterio básico “la gestión adecuada de las tierras vegetales para su posterior extendido en los bancos abandonados” actuación que se justifica sobre la base de procurar una mayor integración paisajística (pág. 2 del Programa de Restauración del Plan de Restauración).

Esto no se produce. No hay extensión de tierra sobre los bancos abandonados. Todo ello a pesar de que la cantera ha arrasado con el suelo y tierra vegetal de las zonas de encinar cantábrico que estaban dentro de la explotación. Hubiera sido razonable que para renaturalizar los bancos abandonados, la tierra y encinas que arrancan de un lado se hubieran intentado reponer en los bancos abandonados; así lo dice el Plan, pero eso no se ha hecho.

A la izquierda foto de la ladera este de la Peña, en octubre de 2003, comienzo de la explotación de esta zona de la Peña; a la derecha una foto tres años después, en abril de 2007 con la ladera este atacada y eliminada la vegetación de encinar cantábrico. En la actualidad toda la vegetación de esta ladera ha sido arrasada.  
Ortofoto correspondiente a 2016 de la cima de la Peña y las laderas este y norte de la cantera cuyas plataformas superiores debieran estar restauradas según la primera fase del Programa de Restauración
Foto desde la cima de la Peña (agosto de 2018). Puede observarse como los bancos superiores reverdecen, por si solos, aún y a pesar de que no se restauran, ni se aporta sobre ellos tierra vegetal. Ello indica que si se hubiera cumplido mínimamente con el Plan de Restauración, la naturalización de la zona norte de la Cantera hubiera empezado a parecerse a una zona restaurada.
Bancos abandonados de la zona Norte – Oeste sin atisbo alguno de reposición de tierra vegetal, ni de restauración ambiental. Foto tomada desde la cima (agosto de 2018).
Bancos abandonados de la zona Norte – Oeste sin atisbo alguno de reposición de tierra vegetal, ni de restauración ambiental. Foto tomada desde la propia ladera norte de la Peña (agosto de 2018).
Maquinaria abandonada en los bancos superiores de la zona norte de la Cantera de Santullán. Una nota en la política de gestión de residuos de Canteras de Santullán S. A.

El paso previo a la restauración de los taludes abandonados hubiera sido la preparación del suelo. En el Programa de Restauración se indica la forma de tratar la tierra vegetal, el método de creación de nuevo suelo, la forma de extenderlo, las labores de preparación de suelo, así como el procedimiento de siembra en cada una de las zonas a restaurar.

En la pág. 18 se establece el método para la plantación de bermas mediante extendido de una capa vegetal de 30 cm. de espesor mínimo y de 50 cm. en la base del talud superior; la siembra de especies herbáceas, la plantación de especies arbóreas, y de especies arbustivas. En la pág. 22 dice:

Además de la siembra de herbáceas, se llevará a cabo la plantación de especies leñosas arbóreas, arbustivas y trepadoras de acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Industria. Así en las bermas se plantarán especies arbóreas a una distancia de 2 m. de la base del talud y especies arbustivas a una distancia de 6,5 m. de la base del talud”. (A continuación se señalan las especies de árboles y arbustos, así como las distancias entre plantas y de la zona interior y exterior de la berma, la plantación de hiedra, los tamaños de las plantas etc.).

Plano de detalle de la restauración de los bancos.

 

Incumplimiento del Programa de Restauración y del Plan de Etapas.

El Plan de Restauración contiene un cronograma con tres fases de restauración con un periodo de vigencia de 60 años.

Fase 1 de 10 años, entre 2009 y 2018.

Fase 2 de 15 años, entre 2019 y 2033.

Fase 3 de 15 años, entre 2034 y 2048.

Fase 4 de 20 años, entre 2049 y 2068.

Pensar que esta cantera puede tener una vida útil de más de cien años es algo que me produce espanto. Así que mejor pienso en la vida de la cantera en los próximos años para ver qué es lo razonablemente exigible. 

El Plan de Etapas lo tenemos en este documento.

Tal como puede observarse el coste total de la restauración ambiental es de 1.115.293,71 €. Esto supone un gasto anual en restauración ambiental de 18.588,23 €, una cantidad escandalosamente ridícula.

Veamos los capítulos o acciones a abordar durante la Fase 1:

Sección del cronograma, Fase 1 del Plan de restauración Ambiental en el que se detallan los capítulos a ejecutar en los diez primeros años: Restauración del calero (en dos años y medio) Preparación del terreno, Preparación del terreno, Plantación de talud y bermas, Sembrado de bermas, Mantenimiento y reposición de bermas.

Lo que nos dice el Plan de Etapas del Plan de Restauración es que entre 2009 y 2018 se tendrían que haber acometido los siguientes objetivos: restauración de calero, preparación del terreno, aporte de tierras… todo ello para la plantación en taludes y bermas de los bancos abandonados, y el mantenimiento y reposición de marras de los mismos.

Enseguida hablamos de la restauración del calero. Pero en lo que respecta a lo más visible en el proceso de restauración, la restauración de bermas y taludes (aporte de tierras, plantación, sembrado y mantenimiento), no hay ni un solo metro cuadrado restaurado en la fase primera (2008 – 2018).

En la primera fase del Programa de Restauración se han presupuestado los siguientes capítulos en la restauración de bermas:

  • Superficie de aporte de tierra vegetal: 4.951,50 m2.
  • Superficie de siembra: 12.979 m2.
  • Arboles a plantar (pino monterrey, encina, laurel): 661.
  • Arbustos a plantar (aladierno, labiérnago, majuelo, endrino): 661.
  • Trepadoras (hiedra, 1 m.): 1.322.

En las bermas no se han plantado ni árboles ni arbustos, ni se ha hecho aportación de tierra vegetal, ni tampoco han prosperado hidrosiembras en los taludes superiores de la explotación.

Veamos los mapas en los que se delimitan los bancos superiores de la explotación que deberían haberse restaurado:

De acuerdo con el Plano 4.1. de Restauración de la Primera Fase, y tal como se indica en las zonas coloreadas, deberían haberse plantado tres taludes y bermas de la ladera sur, este y norte de la explotación (marrón, azul y verde), ni se ha producido a la plantación con trepadoras en los demás taludes.
Los acopios de tierra , color marrón en el plano 4.1. se extienden por las zonas de plataformas y bermas, especialmente por la zona norte.

Incumplimiento de las recomendaciones del IGME. Desatención de la restauración de la zona norte.

En un informe de 12 de noviembre de 2007 elaborado por el IGME (Instituto Geológico y Minero de España, dependiente en la actualidad del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) a petición de la Dirección General de Industria, en relación con la Restauración Ambiental de la Cantera de Santullán se señala lo siguiente:

A los efectos del avance de la restauración, se considera necesario el avance de la explotación de forma descendente (entendiendo por tal la extracción hasta la geometría final en un banco o grupo de bancos consecutivos –el nº de bancos puede variar en función de las necesidades de producción, considerándose que la necesidad de extraccion en más de dos bancos consecutivos debe ser justificada- para después proceder a extraer en el inmediato inferior) de modo que pueda procederse a una restauración que avance en paralelo a la explotación. Se considera conveniente la definición de dos avances distintos, uno para la zona norte que tenga ya o esté cercana a la geometria final y otro para el resto, debiéndose no obstante dar prioridad a que la primera zona (la zona norte) alcance la situación final en el menor tiempo posible aun a costa de no proceder a una explotación descendente si ello se justifica suficienemente.”   

“Que la zona norte tenga ya, o esté cercana a la geometría final”… “que alcance la situación final en el menor tiempo posible”. La información fotográfica nos dice que no se han cumplido las previsiones del IGME que hizo suyas la D. G. de Industria. La zona norte de la cantera a pesar de estar inactiva desde hace quince años no ha sido restaurada ofreciendo una imagen a la ciudad y al paisaje de anacronía en una explotación minera de España y de Europa.

 

La antigua escombrera de cal no se ha restaurado. Improcedente gestión de los residuos de cal y de los residuos mineros o estériles. 

La primera fase del Programa de Restauración que finalizaba en 2018 tenía previsto restaurar la escombrera de cal que está dentro de la zona de explotación, al sureste de la Peña. Se trata de una escombrera de depósitos compuestos por óxido de calcio e hidróxido de calcio que provienen de una industria próxima a la cantera (Dolomitas del Norte) y que fueron depositados en los años setenta (antes de la ampliación de la cantera).

Escombrera de cal, en el sureste de la Peña, cerca de Bicuédrano. Abril de 2017.

En el Programa de Restauración (pág. 19) se expone de forma detallada las técnicas de restauración de la escombrera:

Para restaurar esta escombrera se ha optado por su estabilización mediante recubrimiento de los residuos de cal depositados con tierras; estas se repartirán en tres capas, siendo de textura arcillosa de 10 cms. de espesor mínimo la inferior; la capa intermedia consistirá en tierras procedentes de excavaciones en terrenos naturales y tendrá 20 cms. de espesor mínimo; por último se extenderá en la superficie una capa de tierra vegetal con un espesor mínimo de 20 cms. este recubrimiento del talud se llevará a cabo de forma escalonada o abancalada, en sentido ascendente desde su base, con una altura de 4 m., bermas de 4 m. y una pendiente de talud igual o inferior al 100%. En la terraza o explanada superior de la escombrera el tratamiento será similar. Por otra parte, se recogerán las aguas de escorrentía mediante cunetas de guarda y se desviarán por los laterales del talud, con el fin de evitar fenómenos erosivos y daños estructurales en éste. Finalmente, se llevará a cabo una hidrosiembra arbustiva en los taludes de los bancales originados y siembra de herbáceas y plantación de especies arbóreas y arbustivas propias del encinar cantábrico en las bermas creadas.

Más allá de lo discutible de esta metodología que no consiste sino en tapar la escombrera y hacerla apta para el plantado de arbolado, lo cierto es que preveía la plantación de 140 ejemplares de encina, 140 de laurel, 280 de aladierno, 421 de majuelo, 219 de labiérnago y 219 de endrino. En total 1401 ejemplares, todos ellos de dos savias.

En el capítulo de mediciones se señala que la superficie a restaurar es de 12.743 m2 y en la pág. 25 se señala el modo y especies necesarias para aplicar una hidrosiembra sobre la escombrera.

La restauración de esta escombrera debiera haberse producido según el calendario del Plan a los 2,5 años de aprobarse, es decir, debería estar restaurado en el año 2011, al inicio de la primera fase del Plan de Restauración.

La realidad nos muestra que el calero (escombrera de cal) no está restaurado, ni asoma a algo que se parezca a una restauración.

Veamos la evolución de la escombrera de resíduos de cal, según la información de mapas de Cantabria:

La escombrera de cal en el año 2007.

La escombrera en el año 2016, último vuelo del sistema SIGPAC:


El calero, en la zona suroeste de la explotación. 4 de noviembre de 2018. En la zona inferior de la escombrera, la cal se ha sepultado con residuos o estériles de la cantera.

 

El calero, en la zona suroeste de la explotación. 4 de noviembre de 2018. En la zona inferior de la escombrera, la cal se ha sepultado con residuos o estériles de la cantera.
Mezcla de residuos de cal con resíduos de cantera y estériles. 4 de noviembre de 2018.

A la vista de la documentación gráfica y de las ortofotos históricas, se observa que no se ha producido la restauración de la escombrera de cal y en su lugar se está formando una escombrera de estériles. Está escombrera de estériles (resíduos mineros) ya está contemplada en el Programa de Restauración (pág 19), por lo que parece incomprensible que se mantenga un doble uso sobre un mismo espacio que, según el propio programa, debería estar restaurado en el año 2011. El almacenamiento y tratamiento de tales resíduos mineros es contrario a lo que prescribe el RD 975/2009 en la medida de que el Plan de Restauración no contiene el Plan de Gestión de Resíduos según el capítulo IV de dicho real decreto.

En fin, de todo esto se da cuenta en el escrito dirigido a industria en el mes de diciembre.

La balsa de decantación es insuficiente. No cumple con su función para la atenuación de impactos de elementos contaminantes.

El capítulo IV del Programa de Restauración se dedica a las “Medidas de protección para evitar la contaminación de aguas subterráneas y superficiales con el fin de evitar la contaminación de los recursos hídricos. A tal fin, y de acuerdo con los cálculos del caudal de las escorrentías (pág. 6 a 9 del Programa de Restauración) se calcula una superficie mínima de 881,14 m2 de superficie y una profundidad de 2,52 m. para lo que se diseña una balsa de 1000 m2 de superficie y una profundidad de 4 m, en el extremo noroeste de la plaza de cantera.


La balsa de decantación según la ortofoto del SIGPAC, acotada en su superficie aproximada de 290 m2.


Sin embargo, la balsa de decantación ocupa una superficie de unos 290 m2 cuando debiera tener al menos 881 m2, y está muy lejos de cumplir los 1000 m2 que se fijan en el Plan de Restauración. Por lo tanto el sistema de recogida de aguas contaminadas es insuficiente, y no cumple las funciones que deben exigirse a este tipo de explotaciones. Ello implica que en situaciones de abundante escorrentía, y aumento del caudal de aguas la balsa puede desbordarse y provocar la contaminación de los recursos hídricos del entorno, entre ellos el del arroyo de la Suma que cruza el valle de Sámano.

Hasta aquí, los puntos más importantes en los que se aprecia el incumplimiento del Plan de Restauración. Cuando este Plan fue aprobado por la D. G. de Industria, se imponía un condicionado volviendo a insistir en la obligación de iniciar la restauración por la zona norte, de oeste a este, de arriba abajo. A la vista de lo expuesto sabemos dos cosas: la empresa no cumple y la administración no controla, pues de hacerlo hubiera implicado la apertura de un expediente y la exigencia de sanciones a que hubiera lugar por infracción grave, o muy grave, de la ley de Minas, y acaso la suspensión de la actividad minera hasta que no se cumplan con las exigencias previas a la explotación, puesto que la explotación de una cantera debe ir unida a la restauración ambiental, y esto es algo que no ha sucedido en los cincuenta años de vida de la Cantera de Santullán.

Cantera anacrónica: destrucción de encinar cantábrico.

Decíamos al principio la actividad de una cantera debe estar sujeta al control de la administración en la medida de que es una actividad minera (D. G. de Industria), y que se exige tambien el control del Ayuntamiento sobre la base de su actividad está enclavada en un territorio afectado por unas normas urbansiticas. Pero además, una cantera es una actividad que debe estar sujeta a la legislación ambiental.

La cantera se ubica sobre un monumento natural, la Peña, que cuando se aprobó el Plan General mereció su protección. Posteriormente en el año 2003, tras un convenio urbanistico entre Miguel de la Vía y el Ayuntamiento se amplió la zona de explotación, permitiendo la explotación de la falda este y sur de la Peña en la que se albergan zonas muy valiosas ecológicamente, de hecho en la aprobación del Plan de Ordenación del Litoral, toda la Peña de Santullán mereció la calificación de AIP (Área de Protección Paisajistica). Para equilibrar esta paradoja que sería inexplicable en un pais que se ocupa del medio ambiente se impuso por parte de la Dirección General de Medio Ambiente un condicionado bastante severo en la Estimación de Impacto Ambiental que impedía la corta de ejemplares de encinas, que protegía la zona de expansión del encinar, y que se creara una barrera de amortiguación y de la que reproduzco lo siguiente:

Extracto de la Estimación de Impacto Ambiental aprobada por la D. G. de Medio Ambiente tras la aprobación del modificado nº 3 y 4 del PGOU, aprobado en abril de 2003, que permitió la ampliación de la Cantera a las faldas este y sur de la Peña. Además de la protección de las encinas, la EIA condicionaba la explotación de la Cantera de Santullán a respetar las zonas de expnación del encinar, y a la creación de una zona de amortiguación. Ver documento de Estimación de Impacto Ambiental.

Ya se han reproducido unas cuantas fotos en las que se ve como la Cantera, a partir de 2003 arrasa con el encinar de la parte superior de la zona norte, de toda la ladera este, y una buena parte del encinar cantábrico, menos tupido, de la zona sur.

A la vista de esta salvaje anacronía, la Plataforma para Salvar la Peña, en el año 2007 instó al Ayuntamiento para que se dirigiera a Medio Ambiente con el fin de modificar la zona de explotación, sobre la base del flagrante incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental. Este es un momento que debe anotarse como muy positivo, con una administración municipal receptiva, y un alcalde, Fernando Muguruza (junto al concejal de Medio Ambiente Pedro Quintana), que entendió la propuesta del movimiento ecologista y lideró el empeño para recortar la zona de explotación de la Cantera. Finalmente, la D. G. de Medio Ambiente accedió a recortar de la zona de explotación el encinar más denso de la ladera sur, dejando las zonas menos densas de encinar dentro de la explotación. Finalmente, Medio Ambiente accedió a recortar de la zona de explotación el encinar más denso, dejando las zonas menos densas de encinar dentro de la explotación. Así pues, la cantera tala encinas protegidas, y se lleva por delante un espacio que debiera estar protegido. Esa es la razón del escrito dirigido a la D. G. de Medio Ambiente, avisando del incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental, algo que se viene suceciendo de forma continuada, desahaciendo el equilibrio necesario que debe primar en una explotación minera que cumple con la normativa minera y ambiental.

Tengo que detenerme un momento para rendir el homenje necesario a la Plataforma para Salvar la Peña de Santullán. Obviamente no conseguimos todo lo que nos proponíamos, pero lo que se consiguió fue posible gracias al empeño de los que participamos activamente en la Plataforma (SEO Bird Life, Grupo de Montaña, Ecologistas en Acción, Otro Castro es Posible, Grupo Espeleológico GRAES, Asociación de Vecinos del Valle de Sámano, y vecinos de Castro, Sámano y Santullán que participaron a título personal) y al apoyo conseguido a nuestras propuestas.

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Y lo que se consiguió no es poco, cambiar la zona de explotación de una cantea dejando fuera el encinar de la zona sur, el que atravesamos justamente para acometer la subida a la Peña por la falda sur.

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Marcha para Salvar la Peña,  julio de 2009. La foto está hecha en la zona de La Bortosilla, en la ladera sur de la Peña, muy próximo al encinar que se ve en la misma foto y que se sacó de la zona de explotación.
 

Una nueva relación con la Cantera de Santullán

Después de este largo y necesario recorrido sobre la situación de una cantera ilegal, anacrónica y sin restauración ambiental, en la que las administraciones no se dan por enteradas, quizás podamos responder a las preguntas que nos hacíamos al principio.

¿Es aceptable que esta explotación minera pueda continuar hasta el infinito? ¿Debe albergarse la posibilidad de que la explotación minera tenga un fin en un periodo razonable de tiempo?

Obvio es que la Cantera de Santullán no puede durar para siempre, porque los recursos mineros se agotan y porque ni siquiera la ley admite una concesión por más de noventa años ¿Hasta cuándo entonces debe durar la explotación de esta cantera? Es difícil preverlo. Creo que lo más razonable es pensar que con un modelo de explotación adecuado en el que se incorpore como es debido la restauración ambiental, la duración de la cantera tendría como límite una situación tal en la que la explotación minera no ponga en riesgo la entidad de la montaña. La Peña tendrá una huella imborrable de lo que fue su actividad minera, como así ha sucedido con el Monte de Dícido y de Setares. Pero si en la Cantera la restauración ambiental y las restricciones para respetar los ecosistemas relevantes fueran objetivos igual de importantes que la explotación minera, nadie tendría por qué ver peligrar los puestos de trabajo y los rendimientos empresariales.

Pero pensar que la cantera pueda durar hasta 2055 con el actual modelo de explotación sería inaceptable. Los puestos de trabajo que subsisten pueden conservarse pensando en la final de la vida laboral de los trabajadores de la cantera, de tal manera que las tareas de explotación vayan descendiendo paulatinamente, a medida de que aumentan los trabajos de restauración y rehabilitación definitiva de la Cantera.

No seré yo quien diga cuándo debe producirse el final de la Cantera, pero si me debo expresar que lo razonable es que se pacte un acortamiento de la vida de la Cantera en condiciones sociales y ambientales asumibles.

¿Es posible otra forma de explotar la Cantera?

Esta es la pregunta a la que podemos responder de forma más certera e inmediata. A la visto de lo dicho en este escrito no debiera admitirse el actual modelo de explotación en el que hay claros indicios de ilegalidad. Debe plantearse un nuevo Plan de Restauración, actualizado con la nueva legislación, y con una observancia ejemplar de las normas mineras y ambientales, así como un estricto cumplimiento del Plan General.

¿Cuál debe ser el futuro del espacio que ocupa la Cantera de Santullán?

Esto es muy importante, y por ello debe ser resultado de una decisión consensuada con la ciudadanía. Obvio es que las funciones del territorio de la Cantera una vez restaurado y rehabilitado están determinados por la función que ocupa en el territorio la Peña de Santullán, primando los aspectos ecológicos y culturales, lo que no obsta a un estudio que permita la planificación del conjunto de la Peña como un magnífico recurso natural y cultural a la vista del atractivo de la Peña por sus valores históricos y culturales, por la espeleología, la geología, el ocio,  el deporte en naturaleza, y la educación ambiental. La ley de Patrimonio Cultural de Cantabria contempla figuras de protección a medio camino entre la ZONA ARQUEOLÓGICA y el PAISAJE CULTURAL, espacios incardinados en la protección de la Montaña Oriental Costera.

La Peña, desde la rampa de San Guillén, Puerto de Castro.

El espacio de la Cantera es de muy diferente topografía, usos, y mantiene una relación directa con el pueblo de Santullán, por lo que el futuro del espacio, debe estudiarse concienzudamente en el nuevo Plan de Restauración Ambiental, resultado de un análisis de los diferentes ecosistemas y hábitas que se interrelacionan en la Peña, así como de las necesidades y demandas del pueblo de Santullán y del municipio de Castro Urdiales.

¿Y qué puede hacerse a partir de ahora?

Lo que yo creo que hay que hacer es empezar a caminar decididamente en cambiar el contrato social de la Cantera, modificando de forma consensuada y participada un cambio en la relación de la Cantera con la sociedad, entendiendo que la Cantera es una actividad minera que forma parte de la Peña de Santullán (y no al revés), y que por lo tanto la actividad de la Cantera es algo que trasciende a la propia actividad minera. Esto significa que la relación contractual entre la empresa concesionaria y la Junta Vecinal hay que extenderla, por su incidencia en un paisaje cultural y natural que nos concierne a todos, a un contrato social más amplio con la ciudadanía de todo el municipio de Castro Urdiales. Esta nueva relación pasa por el absoluto convencimiento y control de la legalidad, con una restauración ambiental ejemplar, ajustada a nuestro tiempo, con un horizonte temporal en el que puede atisbarse la recuperación de este monumento natural como un magnífico recurso para el municipio, en especial para las Juntas Vecinales de Sámano y Santullán. Esto implica una negociación entre el Ayuntamiento de Castro Urdiales y Canteras de Santullán, con la participación de Juntas Vecinales de Sámano y Santullán, y la ciudadanía, que conduzca a un nuevo modelo de explotación en el que los derechos mineros no alteren el respeto por el medio ambiente y el cumplimiento de la normativa del Plan General, salvando los valores de la Peña, restaurando los espacios mineros explotados en la Cantera y visionando un futuro para la Peña de Santullán.

Podría parecer un objetivo de lo más natural, un reto complejo pero necesario de abordar. Pero lamentablemente no se vislumbra ningún propósito en esa dirección entre las fuerzas políticas locales acostumbradas a no intervenir, a no meterse en líos, a mirar para otro lado y a esconder el polvo debajo de la alfombra. Es por lo que las asociaciones ecologistas deberíamos tomar una posición más incisiva, enseñando si fuera menester el camino de los tribunales a las administraciones que sabiendo de las ilegalidades que se están cometiendo, mantienen una actitud irresponsable de no contestar.

Juantxu Bazán

9 de febrero de 2019

Modificado nº 23 en zona inundable: EL CENTRO COMERCIAL LOLÍN INUNDADO DE INTERROGANTES

En el Modificado nº 23 del Plan General de Ordenación Urbana de Castro Urdiales, es decir, el que viene como consecuencia del Convenio Lolín, hay cosas que sabemos y cosas que no sabemos.

Sabíamos que la fábrica de anchoas Lolín estaba ubicada sobre una porción de suelo público apropiándose  de un terreno calificado por el Plan General como VIAL. Ahora un informe de la ingeniera municipal nos lo confirma.

Sabíamos que el Modificado del Plan General propone una edificabilidad exorbitante en la parcela de la fábrica de anchoas, y también sabíamos que la recalificación de suelo para la instalación del nuevo centro comercial tiene una ocupación en parcela (88%) muy por encima de la que permite la ley del suelo (66%). Hoy esperamos que los servicios técnicos puedan verificarlo con simples operaciones aritméticas.

Sabíamos también que el Ayuntamiento, con esta forma de planificar mediante convenio negociado con un empresario (el candidato a la alcaldía por el PRC, Jesús Gutiérrez) renuncia a recuperar el dominio público de la margen derecha de la ría Brazomar y a ordenar el conjunto de Brazomar en función de las necesidades del conjunto de la ciudad. Hace tiempo que vengo dándome cuenta que esto es algo que al Ayuntamiento de Castro Urdiales le importa un bledo.

Lo último que sabemos es que el futuro centro comercial se pretende ubicar en ZONA INUNDABLE.

Todavía estoy sorprendido de la escasa importancia dada esta cuestión por el equipo de gobierno municipal que ha soslayado la advertencia dada por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y ha dado el visto bueno al Modificado del PGOU que permitirá el futuro centro comercial. Así que para aliviar mi extrañeza voy a explicar lo acontecido y las consecuencias que esto puede acarrear para el futuro de este Modificado del Plan General número 23.

En el informe de la CHC de septiembre de 2018 se dice que el Modificado nº 23 se ubica en zona inundable, concretamente dentro del AREA de RIESGO POTENCIAL SIGNIFICATIVO DE INUNDACIÓN, señalando que “si bien el ámbito de actuación no se emplaza en zona de policía del dominio público hidráulico, el mismo resulta íntegramente inundable para la avenida de 100 y 500 años de periodo de retorno, así como al zona de flujo preferente”.

Debe aclararse que el informe que se emite no es para autorizar o desautorizar el plan o el centro comercial, se trata de un informe que es preceptivo (así lo establece la Ley de Aguas y la Ley estatal del Suelo) cuando se tramita un planeamiento urbanístico, y en él la CHC expone cómo este Modificado nº 23 puede afectar la dominio público hidráulico, a la zona de servidumbre de policía, y a las zonas inundables. Quienes tienen que autorizar o desautorizar, lo dice el informe (y la ley), son las autoridades competentes en Ordenación del Territorio y Urbanismo (art. 41.2 RD 1/2016 Revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental). El modificado tiene que pasar a informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio antes de su aprobación definitiva, y espero que en esta administración den una interpretación acertada. Pero, ¿y el Ayuntamiento?

El Ayuntamiento, tal como señala en la Memoria del Modificado nº 23, hace mutis:

“Descrita la afección por inundabilidad que presentan los terrenos, y no encontrándose la actuación en la zona de policía de dominio público hidráulico, el Ayuntamiento queda advertido del contenido del art de la normativa de la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de la Demarcación del Cantábrico Occidental (RD 1/2016)[1], respecto a la zona inundable exterior a la zona de policía del dominio público hidráulico”.

 Lo que el Ayuntamiento interpreta es que, como la CHC es la administración que vela por todo lo que concierne al Dominio Público Hidráulico y el modificado está fuera de la Servidumbre de Policía del DPH, no se la considera competente (esa es la justificación dada por la asesoría jurídica del Ayuntamiento). Y si esto es así, digo yo, ¿porque la CHC se explaya advirtiendo que la ZONA INUNDABLE afecta a este modificado del PGOU? En el informe de la CHC se reproduce  el art. 41.2 del RD 1/2016 que, creo ha sido mal leído, en el que se habla del papel de las administraciones en zonas inundables, estén o no, en zona de Policía del DPH:

A las administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo que deban autorizar los distintos usos y actividades en zona inundable exterior a las zonas de de policía del dominio público hidráulico y de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, les corresponde velar por el cumplimiento de las limitaciones a las que hace referencia el apartado 1.

Es decir, la ley se está refiriendo la la “zona inundable exterior a las zonas de policía del dominio público hidráulico”… por lo tanto, lo que debe preocupar a la administración competente en Urbanismo (el Ayuntamiento) es que estamos en zona inundable, y que por tanto hay que cumplir las limitaciones del apartado 1 a las que enseguida me referiré.

Así pues el Ayuntamiento no puede desentenderse de esta cuestión y eso es justamente lo que esta “advirtiendo” (ese es el verbo que utiliza la CHC), que aunque el Modificado no está en zona de Dominio Público Hidráulico, si es una zona inundable exterior a ese DPH y debe cumplir la ley. Perdón por la reiteración, pero es que no llego a comprender como se puede obviar esta cuestión tan importante.

Las nuevas edificaciones no pueden ser autorizadas en ZONA INUNDABLE

La CHC no autorizó la ampliación del gimnasio en el IES Dr. Zapatero

Para entender la dimensión del problema debemos reproducir los mapas de inundabilidad que se adjuntan al informe y que están a disposición en la página web de la CHC. En el caso del río de Sámano, se hace un recorrido cartográfico zona por zona, según las variables de estudio: calado (profundidad de la inundación previsible a corto, medio y largo plazo); peligrosidad; y zonas de flujo preferente. Reproducimos el mapa que afecta al encuentro del río de Sámano con la ría de Brazomar:

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Mapa de Peligrosidad (extensión previsible de la inundación). La líneas en azul claro delimitan el cauce de la ría, es el dominio público marítimo terrestre (competencia de Costas).

Veamos el mismo mapa, un poco más cerca:

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El Mapa de Peligrosidad (extensión previsible de la inundación), y en el centro la Fábrica de Lolín, parcela sometida a recalificación a través del Modificado nº 23 del PGOU. El mapa ha sido elaboradao por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico dentro del proyecto de adaptación al Sistema Nacional de Cartografía de zonas inundables para la revisión e integración de las ARPSIs MAREALES en la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

En la misma zona reproducimos ahora el mapa con la Zona de Flujo Preferente, es decir, “la zona que pueden producirse graves daños para las personas y bienes y en las que el calado es superior a un metro y la velocidad superior a 1 m/seg.”, según la propia definición dada por el Ministerio para la Transición Ecológica.

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Mapa de Peligrosidad. Delimitación de la Zona de Flujo Preferente.

Se da la circunstancia que el Instituto de Enseñanza Secundaria Dr. Zapatero se encuentra en similares condiciones, puesto que sus instalaciones tal como puede verse en los mapas se encuentran dentro de la zona inundable, razón por la que la CHC desautorizó la ampliación de un gimnasio, ocupando más suelo del que ya ocupan los edificios del IES. Con este precedente, es difícil de creer que el Centro Comercial pueda ser autorizable en zona inundable, al otro lado de la calle, a menos de 50 m.

Las zonas inundables tienen unas normas en la que se establece qué es lo que puede ser construido, y qué es lo que está prohibido construir. Esas normas, según le advierte la CHC al Ayuntamiento son las que establece la propia Ley de Aguas, el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, y el RD 1/2016 Revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. El art. 40.2 del RD 1/2016  dice lo siguiente:

De conformidad con el artículo 9.2 del RDPH en la zona de flujo preferente sólo podrán ser autorizados por la Administración Hidráulica los usos y actividades permitidos en esta zona que no presenten vulnerabilidad frente a las avenidas y que no supongan una reducción significativa de la capacidad de desagüe de dicha zona. Consecuentemente, con carácter general, en esta zona no podrán ser autorizados:

(…)

c) Nuevas edificaciones, cualquiera que sea su uso, incluyendo centros escolares o sanitarios, residencias geriátricas o de personas con discapacidad, parques de bomberos, instalaciones de los servicios de Protección Civil, estaciones de suministro de carburante, granjas y criaderos de animales.

d) Obras de reparación de edificaciones existentes que supongan una alteración de su ocupación en planta o de su volumen o el cambio de uso de las mismas que incremente su vulnerabilidad frente a las avenidas.

(…)

j) Infraestructuras lineales diseñadas de modo tendente al paralelismo con el cauce, con excepción de las de saneamiento, abastecimiento y otras canalizaciones subterráneas que, en todo caso, salvo zonas puntuales en que no exista solución viable, deberán situarse fuera de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico.

A la vista del dictado de esta norma, la nueva edificación que se propone en el modificado nº 23 del PGOU (la ampliación en el solar de la nueva superficie comercial) no debería ser autorizada por ser nueva edificación en zona inundable (apartado c); tampoco debe autorizarse obras de reparación del edificio existente en la medida de que los nuevos usos (aparcamientos, equipamientos públicos, comercios… implican una mayor vulnerabilidad frente a las avenidas (apartado d); la construcción de infraestructuras (zona peatonal o acceso a los aparcamientos no deben permitirse porque abortan la permeabilidad de la zona inundable (apartado j).

A la vista de esto, es posible, que ahora sepamos más de lo que acontece en zona inundable, y quizás por eso, por saber más, nos sigan salpicando más interrogantes, entre ellos el de no entender la temeridad de un Ayuntamiento que aprobado un Modificado del PGOU con un informe tan evidente, y en el que el principio de cautela y seguridad tendría que haber prevalecido sobre las prisas por aprobar este Modificado nº 23.

¿Más interrogantes? Pues sí, interrogantes que devienen en perplejidad porque este asunto el de la inundabilidad, fue pasado por alto por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental que durante el trámite de Evaluación Ambiental entendió que la Confederación Hidrográfica no debía ser administración sectorial consultada a los efectos de evaluar los riesgos que para el medio ambiente tiene el Modificado nº 23, aspecto por el que me he dirigido a esta entidad para pedir aclaraciones y solicitar la nulidad del Informe Ambiental Estratégico.

Tampoco me queda nada clara, la actuación de la Demarcación de Costas de Cantabria de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, entidad que en el informe previo a la aprobación inicial del modificado le pide al Ayuntamiento que corrija la pasarela sobre el cauce de la ría que ha tenido que ser retirada, así como el trayecto del carril bici, y un extraño, pintoresco, y absurdo cambio de la servidumbre de tránsito que de forma inaudita se planifica para que bordee un centro comercial. A pesar del varapalo aplicado por Costas, lo que me extraña es que esta entidad no haya informado sobre la inundabilidad habida cuenta de que una buena parte del edificio se ubica en Zona de Servidumbre del Dominio Público Marítimo Terrestre y el nuevo centro comercial se va a construir sobre zona inundable exterior a esta Zona de Servidumbre del Dominio Público Marítimo Terrestre, aspecto sobre el que también me he dirigido a Costas y sobre el que me he extendido en mi escrito de alegaciones. ¿Por qué el Ayuntamiento no solicita a Costas que se pronuncie sobre esta cuestión?

Así pues, en el tan traído y llevado asunto del Modificado del PGOU nº 23, el que viene del Convenio Lolín, discurre sobre aguas turbulentas, inundado de interrogantes, algunos que vamos resolviendo, y otros que esperamos se vayan resolviendo antes de su aprobación definitiva, y en el que lo único cierto es que hay un empeño excesivo en que la operación de recalificación salga adelante, aun y a costa de poner en riesgo la credibilidad de un Ayuntamiento que debiera reaccionar de forma más prudente a las advertencias de la Confederación Hidrográfica.

Juantxu Bazán, a 27 de enero de 2019.

[1] Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

Enlace con la documentación del Modificado del PGOU publicada en la web del Ayuntamiento de Castro Urdiales

Informe de la CHC advirtiendo de la inundabilidad de la parcela del Modificado nº 23 

Escrito de Alegaciones a la aprobación inicial del Modificado nº 23 del PGOU

Escrito dirigido a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental solictando la nulidad del la Evaluación Ambiental del Modificado nº 23 del PGOU

Escrito dirigido a la Delegación del Gobierno

Escrito dirigido a Costas

Más información sobre el CONVENIO LOLIN

Pedaleando contra el cambio climático y por las energías renovables: la factura de la luz con Solabria.

Hay veces en las que muy poco puede hacer mucho. Un gesto, una pequeña aportación, un cambio en los hábitos… La multiplicación de todos esos pocos pueden significar mucho.

El caso de Eugenio Garcia-Calderón es distinto, el hace mucho. Ha querido ser caballero andante, mejor dicho, ciclista rodante, que lleva la palabra de las energías renovables por toda España. Es un proyecto de la ONG Zima Proyect que se ha propuesto divulgar por el mundo causa justa. La que nos ocupa no solo es causa justa sino que es necesaria. Y además es posible. Hacer algo por el planeta que nos ayude a caminar hacia otro modelo energético sostenido por las energías renovables.

Sé que hay muchas más cosas que hacer para mejorar la vida en el planeta, para mejorar también nuestra salud, y la calidad de vida de las personas. Pero pocas decisiones tan simples nos pueden permitir dar un pequeño paso que puede significar mucho. Cambiar la factura de la luz: comercializar y facturar con una cooperativa energética.

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Tarde del 3 de agosto en el paseo marítimo recibiendo a Eugenio, con Marimar, de Liendo.

De ello hablamos en Castro Urdiales, cuando recibimos a Eugenio con su bicicleta solar, un modo simple de explicar el camino hacia el autoconsumo. Pero lo que tratamos de explicar es que hay posturas más sencillas antes del deseable autoconsumo: cambiar la factura de la luz. Si un agente comercial llama a su puerta para venderle las ventajas de comercializar con una de las empresas del Oligopolio energético es posible que le convenza y cambie la factura. Aquí (de momento) no hay otra ventaja que la de facturar con una cooperativa que comercializará energía cien por cien renovable, una cooperativa sin ánimo de lucro en la que los socios tienen el control. Ningún agente llamará a la puerta. Por eso el esfuerzo que hace Eugenio es tan digno de aplaudir.

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Eugenio explicando el funcionamiento de la bicicleta solar. Castro Urdiales ha sido una de las etapas de la Vuelta a España en la que se van a recorrer 3250 kms.

El cooperativismo energético se abre paso poco a poco, socio a socio, factura a factura. Mi percepción es que la gente con la que pudimos hablar entiende el problema, y entiende que hay que dar el paso. Pero también pudimos comprobar al absoluto desconocimiento del cooperativismo energético, sobre todo en Cantabria. Una de las inercias que hay que vencer es ese apoltronamiento que nos impide tomar decisiones tan sencillas como cambiar la factura.

Por eso quiero erigirme yo en agente comercial de mi cooperativa energética, Solabria, y proponerte a que te pases a las energías renovables, porque eso es bueno para ti y para tu planeta. Aquí te lo explican:

http://www.solabria.es/quienes.php

Otras cooperativas energéticas en España:

GoiEner. Cooperativa de generación y consumo de energía renovable

https://www.somenergia.coop/es/

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Muchos curiosos se acercaron a ver la bicicleta solar, y a recibir las explicaciones de Eugenio, ingeniero industrial, especialista en energías renovables.

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Tras la etapa de Castro, Eugenio se dirige a Colindres, Laredo, y Torrelavega, para enfilar después hacia el sur hasta Madrid. 

Juantxu Bazán, 4 de agosto.

BANDERA AZUL OSCURA CASI NEGRA

Perdonen la frivolidad. Voy a hablar de banderas. Sé que hay temas mucho más acuciantes para una humanidad azotada por la aniquilación de los derechos humanos, la ausencia de paz, o los daños infringidos sobre nuestro planeta. Pero de eso se trata, de deshacer algunas de las frivolidades con las que nos salpica de vez en cuando una realidad aireada con banderas.

Hace unos días nos hemos enterado de la concesión de dos nuevas banderas azules a las playas de Cantabria: a la playa de Cuberris, en Bareyo, y a la llamada “playa de Ostende” (en realidad “playa de Urdiales”), en Castro Urdiales. El galardón reconoce los servicios y la calidad ambiental de ambos arenales, y se incorporan a lo que se considera un selecto club que da prestigio turístico al municipio que lleva la marca de la bandera, un emblema que en España otorga la fundación ADEAC (Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor) que pertenece a la FEEE (Foundation for Environmental Education in Europe). Por muy azul que sea esta bandera debe aclararse que desde el año 1999 la Unión Europea se ha desmarcado de este organismo y deja de financiarlo por discrepancias con los procedimientos en el otorgamiento de las banderas así como por la falta de rigor en sus concesiones. Desconozco cómo se financia la ADEAC en su totalidad, pero sé que una parte de sus fondos proviene de subvenciones de comunidades autónomas españolas. Así, la Xunta de Galicia subvencionó en el año 2017 con 40.000 € a esta fundación que en ese año entregó 113 banderas azules a las playas de Galicia, y 18 banderas azules a sus puertos deportivos. Galicia es la comunidad autónoma española con mayor densidad de banderas azules.

Lo cierto es que la bandera azul se reconoce como marca de calidad para buena parte del mundo. Un emblema esencialmente turístico, no esperen encontrar entre estas playas las más bellas del mundo, o las de mayor calidad ambiental. Por ejemplo, municipios como Llanes, de los que nadie dudaría de la calidad y belleza de sus playas, se han desmarcado desde hace años en solicitar la bandera azul. Algunas asociaciones ecologistas han cuestionado la validez de las banderas azules, sobre todo, por el incumplimiento de los parámetros ambientales que se predican de este distintivo (la calidad de sus aguas, o el impacto de sus infraestructuras), y, por poner un ejemplo, EQUO Verdes de Rota se ha quejado de la concesión este mismo año de banderas azules en algunas playas de este municipio andaluz en la que se están produciendo vertidos de fecales, lo que implica una inexistente gestión ambiental en estas playas, y el incumplimiento de la calidad de las aguas en las zonas próximas a los efluentes de los vertidos.

No dudo de que buena parte de las banderas azules se correspondan con playas de calidad. Playas accesibles, con servicios, con la seguridad que se predica de las zonas de baño, playas limpias y bien señalizadas. Pero si los criterios ambientales deben pesar en la concesión de una bandera azul (así lo contempla la normativa), en el caso de la playa de Ostende la bandera azul es un sarcasmo, un ejemplo que pone en entredicho la propia institución de las banderas azules. Esta bandera ondea impulsada por aires de cinismo que me producen irritación.

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A la izquierda, zona oeste de la playa de Ostende en una foto tomada por Foto Pérez en 1986, antes de ser ocultada por las toneladas vertidas de arena de cantera. A la derecha aspecto de la playa desde un lugar similar en mayo el 12 de mayo de 2018.

La playa de Ostende es una playa artificial construida en 1986 (mientras se pensaba en la ley de Costas que entró en vigor dos años después). Para ello se destruyó una de las ensenadas naturales más bellas del litoral cántabro formado por calas, pequeños arenales, pedregales, en los que los castreños hemos gozado bañándonos, pescando, y que era un criadero natural de todo tipo de especies que se dan en el sistema intermareal. La Dirección General de Costas de entonces con el beneplácito del Ayuntamiento, y sin apenas oposición popular (con la excepción de un grupo de vecinos y vecinas que lo intentaron todo en su discrepante soledad) decidió cargarse la ensenada echando 223.000 toneladas de arena de cantera, proveniente de las canteras de Santullán, es decir, mientras se destrozaba la Peña de Santullán. Una playa artificial que costó unos mil millones de pesetas.

En el año 2011, Ecologistas en Acción le puso Bandera Negra a la Playa de Ostende. En la memoria se decía: “Se trata de una playa artificial formada a partir de áridos procedentes de la cantera de Santullán. El aspecto lechoso del agua se debe al hidróxido de cal y carbonatos cálcicos que componen estos áridos, que se extienden centenares de metros mar adentro, y cuya intensidad aumenta en proporción al movimiento del mar. A esta playa desembocan dos arroyos, el de Campijo y el del Chorrillo, que aportan aguas residuales por efecto de un urbanismo que los ha convertido en cloacas”. Hoy es más o menos parecido: los días en los que la mar está en calma, el color del mar adquiere un azul turquesa caribeño, mientras que los días en los que hay mar de fondo (la mayoría del año) las aguas adquieren un color lechoso que impregna la imagen de este lugar.

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Ensenada de Urdiales y playa de Ostende, foto de 2008.

Después de más de treinta años, sigo pensando que la playa de Ostende-Urdiales es una playa vertedero, y no nos beneficia para nada complacernos en un pseudopremio que no se corresponde para nada con lo que significa esta playa artificial: la destrucción de un lugar de altísima calidad ambiental. No, no es una bandera azul la que se merece esta playa, sino una de color azul oscuro casi negro, un color negro que nos recuerde que este espacio necesita no falsas distinciones sino una intervención para regenerar y acaso recuperar los valores ambientales de la ensenada de Urdiales.

 

Juantxu Bazán

13 de mayo de 2018

Publicado en Primera Página de eldiario.es de Cantabria.

EL ÁRBOL, EL ARBOLADO, EL ARBOLADO URBANO, LA PROTECCIÓN DEL ARBOLADO URBANO.

Hace una semana he denunciado la corta de arbolado en una finca de Castro Urdiales, la casa de Garma, uno de los ejemplos de arquitectura ecléctica de lo que fuera una hermosa y singular ciudad jardín, hoy adulterada por efecto de un crecimiento urbanístico que ha permitido que las plusvalías económicas del suelo estropeen la calidad urbanística y arquitectónica de la ciudad.

El arboricidio de la casa de la Garma se llevó por delante la vida de un hermoso árbol, un cedro del Himalaya centenario, y además un magnífico magnolio, dos palmeras y una yuca, todos de gran porte, dejando la parcela desnuda de arbolado, insolente, asolada. Más allá del estropicio, este hecho es ejemplo de la desprotección del arbolado urbano en Cantabria y en España. Naturalmente hay excepciones muy honrosas, como las de la comunidad autónoma de Madrid que ha sido capaz a de legislar para la protección de arbolado urbano; y ciudades que nos sirven de referencia, como Vitoria, que tiene una ordenanza ejemplar sobre protección del arbolado urbano. Otros ayuntamientos incorporan en la normativa urbanística de sus Planes Generales ordenanzas de protección de árboles singulares y arboledas, o catálogos de protección en los que se enumeran los árboles que por su singularidad merecen ser protegidos. (Permítaseme un paréntesis llegado a este punto. La protección del árbol singular es una redundancia. Todo árbol es singular, no solo aquel que por su excelencia merezca una posición en la pasarela del arbolado. Protesto por singularizar la protección del árbol y reivindico la protección de la generalidad de los árboles, del arbolado, del arbolado urbano).

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A la izquierda, vista parcial del jardín de la casa Garma en Castro Urdiales; en primer plano el cedro del Himalaya talado, y al lado, el magnolio, también talado. La tala (imagen de la derecha) se produjo sin permiso municipal, el 12 de enero de 2018.

En Cantabria contamos demasiadas experiencias de maltrato del ecosistema urbano. Hace tres años Equo Cantabria denunció la corta de cientos de ejemplares en el ensanche de Laredo. Poco más tarde fueron los vecinos de Noja quienes denunciaron la corta de una veintena de enormes eucaliptus en esa villa. Hace un par de meses el colectivo Torrearboleda, de Torrelavega, denunció la corta de varios ejemplares de roble americano en el parque Manuel Barquín. Son casos conocidos y denunciados, pero los casos desconocidos y no denunciados son cientos. Con la impunidad que les da la inexistencia de regulación, propietarios dan matarile al arbolado urbano con la convicción de que nadie va a sancionar la corta de un árbol, o de varios árboles, porque son de su propiedad. El caso de Santander es también paradigma de ciudad arboricida tal como ha denunciado en el este último año ARCA en varias ocasiones: la corta de 47 árboles en la calle san Martín del Pino, o más recientemente, el arboricidio perpetrado en la avenida Victoria (en este caso so pretexto de limpieza y desbroce de la finca se han llevado por delante decenas de árboles adultos, todo un clásico de los arboricidios en fincas privadas).

Cuando se comete un acto de este tipo se dan dos circunstancias que colaboran en el fatídico resultado. Primero, hay voluntad de cargarse un árbol, pretensión muchas veces ligada a un falta de cultura sobre la importancia que tiene el árbol para la salud de las personas y para la calidad de vida de la ciudad, pesando más el absurdo utilitarismo que implica la corta de arbolado: ampliar espacio, evitar molestias, o hacer leña. La segunda circunstancia es la de una falta de regulación que deja con el culo al aire a las administraciones que prometen amar el medio urbano pero no son capaces de protegerlo convenientemente. Entre ambas circunstancias aparece también un inconveniente: la mala planificación en la plantación de árboles en espacios públicos y privados.

Se cumple ahora un año desde que Podemos Cantabria, con la inspiración de ARCA, tramitara en el parlamento de Cantabria una proposición de ley sobre fomento y protección del arbolado urbano para Cantabria. La proposición fue rechazada con los votos en contra de los partidos del gobierno (PSOE y PRC) y la abstención del resto (PP y Ciudadanos). Si pudiéramos acceder al diario de sesiones nos sorprenderíamos del escaso nivel cultural de nuestros parlamentarios, y su falta de preparación jurídica. Lo más repetido en aquella sesión era aquello de que esta ley podría invadir competencias municipales, lo cual es una idiotez. Nada que ver con los pronunciamientos de la carta de derechos del árbol en la ciudad (a la que, por cierto, está adherida la ciudad de Santander, aunque a veces sus responsables públicos se olviden de ello):

  • La ciudad necesita el árbol como un elemento esencial para garantizar la vida.
  • El desarrollo del árbol en la ciudad debe darse en toda su plenitud, aprovechando cuanto nos ofrece y en toda su potencialidad, si dispone del espacio y las condiciones que requiere.
  • El sistema de arbolado de nuestras ciudades es un sistema básico, y como tal, debe ser valorado, planificado y gestionado.
  • El árbol contribuye al enraizamiento de la cultura en el lugar y en la mejora de las condiciones de habitabilidad en el medio urbano, factores ambos determinantes de la calidad de vida en la ciudad.
(Declaración del Derecho al Árbol en la Ciudad. Carta de Barcelona. Congreso “El Árbol y la Ciudad”. Barcelona, 2 de Junio de 1995)

Valorar, planificar y gestionar el arbolado urbano. Lo pueden hacer los Ayuntamientos aprobando ordenanzas municipales en el ámbito de sus competencias: proteger los árboles de la ciudad, y fomentar el cuidado por parte de vecinos y propietarios. Es la senda seguida por ciudades como Vitoria, y sobre todo por unos cuantos municipios de Madrid (al auspicio de su ley autonómica) en los que se protege el arbolado público y el privado).

Ninguna de las ciudades de Cantabria tiene una ordenanza de protección de arbolado urbano y ya va siendo hora, como así lo ha reivindicado recientemente el colectivo de vecinos Torrearboleda (hermoso nombre). Hay que seguir el ejemplo. Así que hagan el favor los partidos con una mínima inquietud por la protección del medio ambiente: incorporen objetivos en sus programas, promuevan mociones en los plenos, y difundan por el mundo la necesidad de proteger los árboles, también los de las ciudades. Nos va la vida en ello.

Juantxu Bazán. 24 de marzo de 2018.

[i] La denuncia fue presentada mediante escrito de EQUO CANTABRIA dirigido al Ayuntamiento de Castro Urdiales el 6 de marzo de 2018.

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Vista general de la finca de la casa de Garma, antes y después de la tala de arbolado.

Artículo publicado en la tribuna del diario.es de Cantabria el 26 de marzo de 2018